Modificacion de Estatuto
Emisor | Compañía Tebas S.A. |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2013 |
Por Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 17 de fecha 03/04/2013 en la cual se resolvió en forma unánime el cambio de jurisdicción del domicilio social; la modificación del objeto social; el aumento de capital social; la modificación del directorio y la redacción del nuevo texto ordenado; quedando las cláusulas pertinentes redactadas de la siguiente forma:
Primero: Bajo la denominación de COMPAÑIA TEBAS S.A. continúa girando en plaza la sociedad extranjera que se constituyera en la República Oriental del Uruguay Bajo la denominación de Compañía Tebas S.A. Tiene su domicilio en la Ciudad de Villa Cañás, Provincia de Santa Fe. Por resolución del Directorio se podrá establecer, sucursales, agencias o representaciones en cualquier parte del país o del extranjero.
Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: Agropecuarias: Mediante la explotación de establecimientos rurales, en Inmuebles propios o arrendados; compra, venta, cría y engorde de ganado vacuno, ovino, porcino o equino. Siembra, forestación y explotación de frigoríficos importación y exportación de ganado en pie o faenado, granos y maderas. Compra, venta, Importación y/o exportación de fertilizantes, plaguicidas y productos de uso veterinario. Prestación de servicios agropecuarios a terceros b) El ejercicio de comisiones, mandatos y representaciones; tomar y otorgar franquicias. Siempre dentro del rubro agropecuario.- A los fines del cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. La sociedad contratará profesionales para la consecución del objeto social en caso de ser necesario
Cuarto: El Capital Social es de Pesos Doscientos cincuenta mil ($ 250.000) representados por Veinticinco mil (25.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, de Diez Pesos ($ 10), valor nomina) cada una y un voto por acción. El Capital Social podrá elevarse hasta el quíntuplo en las condiciones determinadas por el artículo 188 de la Ley 19.550, en acciones ordinarias nominativas. Las acciones podrán conferir de uno a cinco votos por acción según lo determine la Asamblea. Para los casos contemplados en los artículos 244 y 284 de la Ley 19.550 las acciones de voto plural gozarán de un voto por acción.
Integración del directorio: se designa por unanimidad...
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