MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Número de registro | 413973 |
Fecha | 12 Marzo 2020 |
Emisor | “J.A. AGRÍCOLA” S.R.L. |
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha ordenado la publicación de la prórroga, modificación clausula tercera y sexta del contrato social; cesión de cuotas sociales y aumento de capital social de "J.A. AGRÍCOLA" S.R.L.
1) Fecha del contrato: 29 de Enero de 2020.
2) Prórroga: Los socios deciden de común acuerdo prorrogar el plazo de duración de la sociedad por el termino de 20 (veinte) años contados a partir de su vencimiento, es decir hasta el 28 de Febrero de 2040.
3) Modificación clausula tercera del Contrato Social: Los socios manifiestan por unanimidad y de común acuerdo la decisión de modificar el objeto social. Como consecuencia de ello, la cláusula tercera del contrato social, queda redactada de la siguiente manera: "Tercera: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: 1) el acopio de granos, comprendiendo la comercialización al por mayor por cuenta propia y/o en comisión o consignación de cereales y oleaginosas, 2) la producción agrícola, 3) la comercialización al por mayor de insumos agropecuarios, 4) el servicio de acondicionamiento de granos y 5) el servicio de transporte automotor de cereales y oleaginosas".
4) Modificación clausula sexta del Contrato Social: Los socios por unanimidad deciden ratificar como gerentes a los señores José Antonio Armesto y Gonzalo José Armesto y designar como nuevo gerente al señor Martín Santiago Armesto. Como consecuencia y de común acuerdo los socios deciden modificar la cláusula sexta del contrato social, la cual queda redactada de la siguiente manera: "Sexta: Administración. Dirección y Representación: La administración, dirección y representación legal de la sociedad estará a cargo de los socios José Antonio Armesto; Gonzalo José Armesto y Martín Santiago Armesto, quienes son designados gerentes. El uso de la firma social será ejercida por los socios gerentes, en forma indistinta, precedida de la denominación social y con el aditamento de "socio gerente".
5) Cesión de cuotas sociales: 5.1) La cedente Ana María Vukasovic cede y transfiere en carácter de donación y como anticipo de herencia a favor de los cesionarios: 42 cuotas sociales a favor de Martín Santiago Armesto por un valor nominal de $ 420; 41 cuotas sociales a favor de Gonzalo José Armesto por un valor nominal de $ 410; y 42 cuotas sociales a favor de María José Armesto por un valor nominal de $ 420. 5.2) El cedente José Antonio Armesto cede y transfiere en carácter de donación y como anticipo de herencia...
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