MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Fecha17 Diciembre 2019
Número de registro411334
EmisorVICTOR MEDICI S.R.L.

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo Registro Público de Rosario, por resolución dentro del expediente VICTOR MEDICI S.R.L. N° 4850/2019, se ordenó la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que con fecha 18 de octubre de 2019 se celebró el acta de reforma contractual de VICTOR MEDICI S.R.L. donde se resolvió lo siguiente:

1. Cesión onerosa de cuotas sociales: La socia Marina Susana Médici cede y transfiere 3.760 cuotas sociales a: a) Mirta Raquel Médici, 1.880 cuotas sociales, de $ 10.- cada una, equivalentes a $ 18.800.- (pesos dieciocho mil ochocientos) de capital social; b) A Mónica Mariela Médiçi, 1.880 cuotas sociales, de $ 10.- cada una, equivalentes a $ 18.800.- (pesos dieciocho mil ochocientos) de capital social.

2. Reforma contractual del artículo cuarto: Queda aprobado por unanimidad de capital social reformar el artículo cuarto de la siguiente manera:

ARTÍCULO CUARTO. Capital social: El capital se fija en la suma de $ 112.800- (pesos ciento doce mil ochocientos), dividido en 11.280 cuotas sociales de $ 10.- (pesos diez) cada una totalmente suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Mirta Raquel Médici, suscribe e integra 5.640 cuotas sociales, equivalentes a $ 56.400 (Pesos çincuenta y seis mil cuatrocientos) sobre el capital social; Mónica Mariela Médici, suscribe e integra 5.640 cuotas sociales, equivalentes a $ 56.400 (Pesos cincuenta y seis mil cuatrocientos) sobre el capital social.”

3. Designación de nueva gerencia. se resuelve por unanimidad designar como Gerente a: José Martín Marucco, D.N.I. N° 23.456.199, C.U.I.T N° 20-23456199-6, nacido el 11 de diciembre de 1973, comerciante, con domicilio en calle Italia N° 861 de la ciudad de Montes de Oca, Provincia de Santa Fe, quien tendrá las más amplias facultades para administrar la sociedad cumplimentando las disposiciones del artículo quinto del contrato social

4. Prórroga de duración social: Las socias aprueban por unanimidad del 100% de capital, la prórroga del plazo de duración, en los términos del artículo 95 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, por el término de 15 años a contar desde la inscripción del presente contrato de reforma en el Registro Público de Comercio de Rosario.

5. Reforma contractual del artículo tercero. se resuelve por unanimidad de capital social, reformar...

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