MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Número de registro383042
Fecha20 Marzo 2019
EmisorNOVAIRA Y CIA SOCIEDAD COLECTIVA

Por estar ordenado en los autos NOVAIRA Y CIA. SOCIEDAD COLECTIVA s/MODIFICACIÓN AL CONTRATO SOCIAL, Expte. 139/19, que tramita por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe se hace saber:

Mediante Asamblea de fecha 31 de Enero de 2019 la totalidad de los socios decidió incorporar a la sociedad una nueva socia, por lo que se ha realizado cesión de partes de interés que tenían los socios. La cláusula cuarta queda redactada de la siguiente manera: “CUARTO: El capital lo constituye la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) aportados por los socios en la siguiente proporción: Pablo Darío Novaira, la suma de pesos ciento ocho mil ($ 108.000), que representa el 54% del capital, Laura Marta Novaira, la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) que representa el 8% del capital social, María Cristina Novaira, la suma de pesos cincuenta y seis mil ($ 56.000) que representa el 28% del capital social y Candela Novaira, la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) que representa el 10% del capital social. El capital se halla totalmente integrado”.

Del mismo modo, se resolvió por unanimidad en este acto conferir a la nueva socia CANDELA NOVAIRA la potestad de ser administradora de la sociedad. La cláusula octava queda redactada de la siguiente manera: “OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad, estará a cargo de los socios Pablo Darío Novaira, María Cristina Novaira y Candela Novaira, quienes tendrán, indistintamente, el uso de la firma social adoptada, debiendo usar sus firmas particulares, uno cualquiera de ellos, seguido de la razón social “Novaira y Cia. Sociedad Colectiva”, Continuadora de Raúl y Pablo Novaira y Cia. Sociedad Colectiva; y la tendrán para todas las operaciones que forman el objeto de la sociedad, con la única limitación de no comprometerla en prestaciones a título gratuito, en negociaciones ajenas al giro de su comercio, en provecho particular de los socios; si podrán dar garantías, avales o cartas de recomendación para Bancos, comprendiendo el mandato para administrar, además de los negocios sociales, los siguientes: Adquirir el dominio, condominio, usufructo o la nuda propiedad de toda clase de bienes muebles, inmuebles, semovientes, títulos, créditos, acciones u otros valores, automotores, por compra, dación en pago, permuta o por cualquier otro título oneroso y transferir el dominio o condominio de los bienes sociales, sea por venta, permuta, dación en pago o por cualquier otro título oneroso o gravarlos con hipotecas o prendas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR