MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Fecha de publicación22 Enero 2019
Fecha22 Enero 2019
Número de registro379732
EmisorRIVA NESTOR Y PEDRO S.R.L.

Por estar así dispuesto en el expediente CUIJ N° 21-05197610-7 correspondiente a la inscripción de la modificación del contrato de RIVA NESTOR Y PEDRO S.R.L., de trámite por ante la señora Jueza a cargo del Registro Público, se hace saber:

Que por instrumento de fecha 31 de Octubre de 2.018 los señores PEDRO RAÚL RIVA y NÉSTOR JOSÉ RIVA, en sus caracteres de socios de la sociedad RIVA NÉSTOR Y PEDRO S.R.L., inscripto en el Registro Público de Comercio el 7813, bajo el número 434 al 75 del libro 18 de S.R.L., convinieron elevar el capital social de la sociedad de Pesos cuatro millones cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco con doce centavos ($ 4.496.455,12) a la suma de Pesos cuatro millones quinientos mil ($ 4.500.000). En virtud de ello resolvieron modificar la cláusula cuarta del Contrato Social, que quedará redactada de la siguiente manera:

Cuarta: El capital social se fija en la suma de cuatro millones quinientos mil pesos ($ 4.500.000), que se divide en novecientas cuotas iguales de cinco mil pesos ($ 5.000). Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable de más de la mitad del capital aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión.

Que por el mismo instrumento, el señor NÉSTOR JOSÉ RIVA DONO a su hijo GABRIEL ANDRÉS RIVA 135 cuotas de su participación, equivalentes a $ 675.000 por lo que el señor NÉSTOR JOSÉ RIVA será titular del 315 cuotas equivalentes a $ 1.575.000.

Que por el mismo instrumento, el señor PEDRO RAÚL RIVA propietario de la cantidad de cuatrocientas cincuenta (450) cuotas, por la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos ($ 2.250.000) de la sociedad, las que representan el cincuenta por ciento (50%) del capital de la sociedad, DONO a sus hijos PABLO GERMÁN RIVA, cuarenta y cinco (45) cuotas, equivalentes a doscientos veinticinco mil pesos ($ 2250.000) y a FERNANDO JAVIER RIVA ciento treinta y cinco (135) cuotas, equivalentes a seiscientos setenta y cinco mil pesos ($ 675.000).

Por lo que la cláusula quinta del Contrato social quedará así redactada: Quinta: Las cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones; El señor PEDRO RIVA suscribe, doscientas setenta (270) cuotas, por la suma de un millón trescientos cincuenta mil pesos ($ 1.350.000); el señor NÉSTOR RIVA,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR