MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Fecha de publicación27 Diciembre 2018
Fecha27 Diciembre 2018
Número de registro377449
EmisorN.G.A. VIAJES Y TURISMO S.R.L.

La Gerencia hace saber que con fecha 03 Diciembre de 2018, solicita la inscripción de la Modificación de la Denominación Social; Objeto Social y Aumento de Capital Social de N.G.A. VIAJES Y TURISMO SRL. La modificación se realizó mediante instrumento de fecha 03/12/2018, cuyo texto, en su parte principal quedó redactado:

II) Modificación la Cláusula Primera del Contrato Social: PRIMERA: La Sociedad girará bajo la denominación NGA VIAJES Y CAMBIO SRL.

III) Modificación la Cláusula Cuarta: CUARTA: Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes actividades: A) Las comprendidas en la Ley 18.829 en su artículo 1ro que son las siguientes: 1) La Intermediación en la reserva o locación de servicios de cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero. 2) La intermediación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero, 3) La organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros, o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes a forfait, en el país o en el extranjero, 4) La recepción o asistencia del turista durante sus viajes o su permanencia en el país, la presentación de los mismos de los servicios de: guías turísticos y el despacho de sus equipajes, 5) La representación de otras agencias tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar su nombre cualesquiera de esos servicios, 6) La realización de actividades similares o conexas mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo. Los avales se expresarán específicamente en la licencia respectiva. Será requisito ineludible para el ejercicio de estas actividades el obtener previamente la respectiva licencia en el Registro de Agentes de viajes que llevará el organismo de aplicación que fije el Poder Ejecutivo el que determinará las normas y requisitos generales y de idoneidad para hacerla efectiva. Todas las actividades detalladas precedentemente relacionadas con la actividad de turismo se regirán por la ley 18829 y por toda norma que la modifique o reemplace.

B) Las comprendidas en la ley 18,924 de Casas, Agencias y oficinas de cambio, su reglamentación y las normas específicas que establece el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA en lo que se refiere a AGENCIAS DE CAMBIO de acuerdo al texto ordenado de las normas sobre Casas, Agencias y oficinas de cambio al 01/12/2017 del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA a saber: 1) Compra y venta de monedas y billetes extranjeros.2) Compra de...

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