Modificación de Contrato

Fecha de Entrada en Vigor25 de Abril de 2017
EmisorAgropecuaria Mia S.R.L.
Fecha de la disposición20 de Enero de 2017

AGROPECUARIA MÍA S.R.L.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Se hace saber que Maximiliano Néstor Baclini, DNI 28.565.907 y Mónica Claudia Sturm, DNI 16.745.179, únicos socios de la sociedad, en reunión social de fecha 1 de marzo de 2017 han resuelto modificar los artículos quinto, séptimo, octavo y noveno, que quedan redactados de la siguiente manera:

Duración: Artículo Quinto: La Sociedad se constituye por un Plazo de Treinta (30) años a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio (4 de Febrero de 2013), venciendo el 4 de Febrero de 2043.

Administración: Gerencia: Artículo Séptimo: El órgano societario de la Administración estará a cargo de Un Gerente, socio o no, quien tendrá a su cargo la administración, representación legal y uso de la firma social, conforme lo establecido en el Articulo Octavo del Contrato Social. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente”, según el caso, precedida de la denominación Social.

Funciones del Gerente: Artículo Octavo: El Gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales: tendrá a su cargo la administración, representación legal y uso de la firma social, todo ello con la siguiente limitación de las facultades: I) En relación a los actos de adquisición, enajenación e hipoteca, y todo otro de disposición de bienes inmuebles y al otorgamiento de Apoderamientos para realizar éstos actos, sea en forma total o parcial, - independientemente que se trate de actos que sean propios del objeto social-, el Gerente sólo podrá celebrar estos actos actuando en forma conjunta con todos los socios, va que éstos deben prestar la conformidad expresa en los instrumentos privados y públicos que formalicen el acto a otorgar: II-) En relación a: a) celebrar cualquier tipo de contrato agrario, sea arrendamiento, aparcería o cualquier otro; como así también para celebrar contrato de mandato, gestión de negocios o cualquier otro que implique que un tercero realice actos, en nombre y/o representación de la Sociedad, y/o para utilizar la firma social en fianzas, u otro tipo de garantías reales o personales que obliguen a la Sociedad; todo ello independientemente que se trate de meros actos de administración y que sean propios del objeto social; y/o b) realizar cualquier tipo de actos de administración extraordinaria y de disposición de bienes muebles, registrables o no...

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