Modificacion de Contrato
Emisor | North Construcciones S.R.L. |
Fecha de la disposición | 2 de Diciembre de 2013 |
NORTH CONSTRUCCIONES
S.R.L.
Por contrato privado de fecha 11/11/2013, los socios convienen la modificación del contrato social inscripto en Contratos al T° 162, F° 36.667 Nº 2370 del Registro Público de Comercio de Rosario de en las siguientes cláusulas:
Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización la ejecución, dirección y administración de proyectos y obras civiles, sanitarias, eléctricas y edificios, destinados a vivienda, talleres, locales comerciales, construcción, refacción y demolición de obras enumeradas por cuenta propia o de terceros o asociada a ellos en cualquier punto del país o del extranjero. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
Quinta: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos cien mil ($ 100.000) divididos en 100.000 cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: El socio Esteban Caggiano, DNI Nº 30.390.772 suscribe 50.000 cuotas de capital representativas de pesos cincuenta mil ($ 50.000) y el socio Leonardo Rivero, DNI N° 32.217.494 suscribe 50.000 cuotas de capital representativas de pesos cincuenta mil ($ 50.000). Las cuotas se encuentran integradas en un 25% en dinero efectivo en el acto constitutivo, osea que los socios integraron la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000) que se justificó mediante depósito en garantía N° 023915 en el Banco Provincial de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales de la segunda circunscripción y el 75% restante ($ 75.000) se integró previo a este acto mediante deposito en el Nuevo Banco de Santa Fe, agencia tribunales, el cual se agrega en copia al presente y como consecuencia de los dos depósitos realizados, el capital integrado en este acto asciende a la suma de pesos cien mil ($ 100.000) no quedando saldo alguno a integrar en un futuro.-
Sexta: Administración, dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios gerentes designados por acta aparte. La remuneración de los gerentes será fijada por decisión de la asamblea anualmente, y hasta tanto se la fije será gratuita. Para obligarla, firmarán en forma individual e indistinta. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de...
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