Modificacion de Contrato

EmisorMultiagricola del Sur S.R.L.
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2012

MULTIAGRICOLA DEL SUR

S.R.L.

En la localidad de Villa Mugueta, departamento San Lorenzo, provincia de Santa Fe, a los 27 días mes de agosto del año 2012, se reúnen los únicos socios de , René Oscar García, argentino, nacido el 23 de noviembre de 1960, DNI. Nº 14.057.720, cuit N° 20-14057720-1, domiciliado en calle 9 de Julio 237 de la localidad de Villa Mugueta, Dpto. San Lorenzo, provincia de Santa Fe y Miriam Inés García, argentina, nacida el 27 de junio de 1964, DNI. Nº 17.180.915, cuit N° 27-17180915-6, domiciliada en 9 de Julio 237 de la localidad de Villa Mugueta, dpto. San Lorenzo, provincia de Santa Fe, cuya sociedad fue inscripta el 13 de diciembre del año 2000, al tomo: 151, folio: 16827, N° 1980, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario; y acuerdan: punto 1) La Reconducción de la sociedad de acuerdo con el art. 95 de la ley 19550; punto 2 ) Modificación de las siguientes cláusulas del Contrato Social: Tercera: Duración: el término de duración se fija en diez (10) años a partir de la fecha de la inscripción de ésta reconducción en el Registro Público de Comercio; Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la comercialización de semillas de cereales y oleaginosas; Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), dividido en dos mil (2000) cuotas de 100 $ cada una, que se suscriben e integran de la siguiente forma: René Oscar García suscribe mil cuotas (1000) de capital y Miriam Inés García suscribe mil cuotas (1000) de capital; las mismas se integran en un 25% en dinero en efectivo en este acto, la cantidad de pesos cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta y el resto es decir la cantidad de pesos ciento cuarenta y siete mil setecientos cincuenta dentro de los dos años de la fecha de la presente; Sexta: Administración y Uso de Firma Social: La administración estará a cargo del socio René Oscar García, quien revestirá el carácter de socio - gerente.- A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “socio gerente” precedida de la denominación social. Actuará de acuerdo con las demás disposiciones de la cláusula sexta del contrato social; Novena: Cesión de Cuotas: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de...

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