Mitos y verdades de la ley antidespidos y del sistema de doble indemnización

Los dejaron a la vista una desocupación del 9,1% para el cuarto trimestre de 2018, dos puntos por encima del 7,2% del mismo período de 2017. Se perdieron en un año 350.000 puestos de trabajo."El hecho de que la desocupación esté cerca de los dos dígitos implica a un retroceso del 2006 hacia atrás, cuando regía la ley de emergencia económica", dijo a LA NACION secretario general de la CTA y diputado por Unidad Ciudadana en la provincia de Buenos Aires. "Otra vez estamos hundidos en la tragedia del desempleo, que pensábamos que no se iba a repetir".Vuelve entonces a ponerse sobre la mesa la posibilidad de que exista una ley antidespidos, que prohiba el despido y establezca la doble indemnización en caso de que la empresa tuviera que instrumentarlo.Otra vez, como si fuera la película "El día de la marmota", el mismo debate sobre si es posible proteger el empleo a través de la prohibición de despedir.En mayo de 2016, el presidente Macri vetó la ley de emergencia ocupacional, también llamada "ley antidespidos", sancionada por el Congreso, que suspendía los despidos por 180 días y fijaba nuevamente la doble indemnización. "Hoy no hay argumentos para vetar una ley antidespidos", continúa Yasky. En 2016 "estábamos al borde del abismo pero ahora ya recorrimos esa pendiente", asegura.Otro intento para frenar las desvinculaciones, esta vez a través del consenso, se dio a fines de ese año. El 23 de noviembre de 2016 en el marco de la llamada "mesa de diálogo por la producción y el trabajo", se llevó adelante un pacto entre el gobierno y las cámaras empresarias para evitar despidos, algo que, según la central obrera, no se cumplió.Sin embargo, el último trimestre de 2016 la desocupación estaba en 7,6%, lejos del 9,1% actual y en 2017, con mejores índices el tema no se volvió a tocar.El 7 de enero de 2002, se publicó en el Boletín Oficial el texto de la ley 25561 llamada de Emergencia pública y reforma del régimen cambiario". Allí se declaraba la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.El artículo 16 decía que, por el plazo de ciento ochenta días "quedan suspendidos los despidos sin causa justificada. En caso de producirse despidos en contravención a lo aquí dispuesto, los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados el doble de la indemnización que les correspondiese, de conformidad a la legislación laboral vigente".En 2004, la ley 25.972 había establecido que había que prolongar la...

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