Por Mirtha Cabullo
Emisor | Juzgado de Primera Instancia |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2007 |
POR
MIRTHA CABULLO
Por disposición del Sr Juez del Juzgadode 1º. Inst. Civ. Y Com. de la 3º. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Hernán Carrillo Juez, Secretaria Autorizante, hace saber que en los autos " MUTUAL DE SOCIOS COOP. COINAG C/otros S/CONCURSO ESPECIAL –(Expte. Nº. 1242/03), la Martillera, MIRTHA CABULLO Mat. Nº 1313-C-130, CUIT Nº.27-5172273- VENDA EN PUBLICA SUBASTA, el día 03 de Agosto de 2007 a las 18,30 horas en el en la sala de remates de la Asociación de Martilleros sito en calle Entre Rios 238 Rosario, el bien que a continuación se describe: UN LOTE DE TERRENO CON TODO LO EDIFICADO CLAVADO Y PLANTADO, SITUADO EN EL PUEBLO GRANADERO BAIGORRIA, DE ESTE DEPTO. Y PCIA., SEÑALADO CON EL Nº. "SEIS" EN EL PLANO Nº. 111.399/1952, UBICADO EN CALLE MAIPO, A LOS 49,08 MTS. DE LA CALLE VICENTE LOPEZ HACIA EL SUD-SUD-ESTE. MIDE 10 MTS. DE FRENTE AL SUD-OESTE POR 53,66 MTS. DE FONDO; FORMA UNA SUPERFICIE TOTAL DE 536,66 M2.- Y LINDA: POR SU FRENTE AL SUD-OESTE CON CALLE MAIPO; AL NORD-OESTE, CON EL LOTE Nº. 5; AL NORD-ESTE, CON PARTE DEL LOTE Nº. 13; Y AL SUD-ESTE, CON EL LOTE Nº. 7 Y FONDOS D LOS LOTES Nº. 10, 11 Y 12.-Dominio Inscripto al Tº. 593 Fº. 390 Nº. 236266 DEPTO. ROSARIO.- Informe del Registro General de Propiedades: consta inscripto el Dominio a nombre del ejecutado no registrándose Embargos e Inhibiciones, pero si lo siguiente Hipoteca: al Tº 555 B Fº. 154 Nº. 388443 de fecha 15/09/1998 inscripción definitiva, por U$S 47.500.- mediante escritura Nº. 432 de fecha 19/08/1998 pasada ante el escribano 462 Peretti de Rusconi, localidad Rosario acreedor: orden los presentes autos que se ejecutan, sale a la venta al contado y al mejor postor con la Base de $ 26.000.- ( Av..I.I.) En caso de no haber postores, seguidamente y en el mismo acto saldrá a la venta con la retasa del 25% o sea $ 19.500 y si no existieran postores a continuación sin base y al mejor postor, debiendo consignarse expresamente que el inmueble saldrá a la venta conforme el acta de constatación glosada en autos, ocupada por su titular demandado. Dejase Constancia en los edictos y en el Acta de Subasta que se confeccione oportunamente que los impuestos, tasa y contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudaren los inmuebles a subastar son a cargo del adquiriente o comprador, como si también los gastos de regulación y planos a partir del auto declarativo de quiebra (02/10/03) así también previo ala transferencia deberán estar satisfechos todos los impuesto...
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