Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 10 de Abril de 2019, expediente FTU 002539/2001/CA002 - CA003
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 2539/2001 M.A.A. c/ FORD ARGENTINA S.A.
s/DAÑOS Y PERJUICIOS S.M. de Tucumán, Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos a fs.
827, fs. 829 y fs. 839; y CONSIDERANDO:
Que mediante sentencias de fecha 05 de marzo de 2018 obrante a fs. 821/822, y de fecha 28 de junio de 2.018 dictadas por el señor Juez Federal de Tucumán doctor R.D.B., se resolvió entre otros: I)-REGULAR los honorarios de los Dres. E.C.N. y J.H.N.M., en conjunto, como letrados apoderados de la parte actora, por su labor en las tres etapas del proceso ordinario en la suma de pesos noventa y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco ($94.855.-); II)-REGULAR los honorarios de los Dres. E.C.N. y J.H.N.M., en conjunto, como letrados apoderados de la parte actora, por su labor en el incidente de embargo en la suma de pesos cuatro mil setecientos cuarenta y dos ($4.742.-); III)-REGULAR los honorarios del Dr. E.E.P., como apoderado de la parte demandada, en dos etapas del proceso ordinario en la suma de pesos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y cinco ($44.265.-); IV)-REGULAR los honorarios del perito Ingeniero Mecánico H.F.F. por su informe de fs. 573/575 en la suma de pesos nueve mil trescientos sesenta y ocho ($9.368.); V)-REGULAR los honorarios Fecha de firma: 10/04/2019 Alta en sistema: 11/04/2019 Firmado por: DRA.COSSIO MARINA JOSEFA, Firmado por: DR.RICARDO MARIO SANJUAN, Firmado por: ISABEL DEL
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SAYAGO, SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ #30128#230939429#20190404112116955 de la P.C.E.M.P. por su pericia de fs.
616/621 en la suma de pesos nueve mil trescientos sesenta y ocho ($9.368.-)…. I)-REGULAR los honorarios de los Dres. Javier H.
Navarro Muruaga y E.C.N., en conjunto, por su actuación como letrados apoderados de la parte actora en la primera etapa del proceso de ejecución de sentencia en la suma de pesos Dieciséis mil Quinientos Noventa y Nueve ($16.599.-)
al 20/10/2017.
Que en contra de la sentencia de fecha 05 de marzo de 2.018 interpusieron recursos de apelación, el apoderado de la demandada a fs. 827 por altos y los letrados J.H.N.M. y E.C.N., por derecho propio a fs. 829.
Que a fs. 839 los mencionados letrados (Navarro Muruaga y N.) interpusieron recurso de apelación en contra de la sentencia de fecha 28 de junio de 2.018.
Que entrando al tratamiento de los recursos interpuestos a fs. 827 y fs. 829, y teniendo en cuenta la base regulatoria...
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