Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 19 de Octubre de 2009, expediente 8.204/06

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2009

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA Nº:97272 SALA II

Expediente Nro.:8. 204/06 (J.. Nº 15)

AUTOS: "M.D.L.C. S.A."

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 19/10/09, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia dictada en la instancia previa se alza la parte demandada, a tenor del memorial que luce anejado a fs. 322/324 vta.

La empleadora finca su disenso con el decisorio de grado, cuestionando la admisión del reclamo impetrado por M..

L., forzoso resulta puntualizar que la expre-

sión de agravios debe constituir una exposición jurídica que contenga un análisis se-

rio, razonado y crítico de la sentencia recurrida, expresando argumentos en los que se sustenta la solución adoptada en el decisorio, invocando aquella prueba cuya valora-

ción se considera desacertada o poniendo de manifesto una incorrecta interpretación del derecho declarado aplicable a la controversia (art. 116 de la L.O.).

Sin embargo, a poco que se examina la pretensión revi-

sora tales extremos no se advierten satisfechos con las dogmáticas alegaciones conte-

nidas en el escrito que se analiza, las que se muestran como una posición en discre-

pancia con el resultado del litigio, lo cual habilitaría para reputar desierto el recurso.

No obstante, en aras de extremar la preservación del derecho de defensa en juicio (art.

18 C.N.), habrá de darse tratamiento a la misma.

En tal contexto, llega firme a la Alzada la consideración de la Sra. Juez a quo, en cuanto a que la accionada reconoció a fs. 48 que a la traba-

jadora le fueron abonadas asignaciones familiares por maternidad, durante los meses indicados en el inicio.

Argumenta la quejosa en su presentación recursiva que,

la injuria atribuida por la demandante “en los hechos nunca existió”.

En tal sentido, la actora denunció en el libelo inicial que, “comenzó a percibir la asignación por maternidad por un monto de $ 323,74.-

que no se correspondía con el sueldo que efectivamente venía percibiendo $570.- …

que la causa de esa desproporción obedece a que la demandada denunció en el pe-

Expte. N.. 8204/06

Poder Judicial de la Nación ríodo comprendido entre octubre y diciembre de 2004 un sueldo menor ($323,74)- al...

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