Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 6 de Agosto de 2019, expediente FRO 071007529/1996/CA001

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 06 de agosto de 2019.

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 71007529/1996 caratulado “MIÑO, D. c/

ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de San Nicolás), del que resulta, 1.- Vinieron los autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto por el apoderado de la actora (fs. 261/267) contra el Acuerdo de fecha 23 de mayo de 2018 (fs. 259/260), que confirmó

parcialmente la resolución del 28 de abril de 2016, que rechazó la pretensión de la actora de iniciar la ejecución de sentencia y la revocó en cuanto a la imposición de las costas, las que se distribuyeron por su orden.

A fojas 270 se dispuso el pase de los autos al Acuerdo.

  1. - Al recurrir la actora sostuvo que estamos en presencia de una sentencia arbitraria, ya que no se han tratado ni resuelto adecuadamente todas las cuestiones planteadas en la expresión de agravios contra la sentencia de primera instancia, y en el tema tratado no se indicó norma alguna para fundamentar el rechazo, actitud que luce irrazonable porque los derechos jubilatorios son irrenunciables y no se había vencido el plazo liberatorio para procurar el cobro total de la deuda por la vía ejecutiva conforme artículo 499 y concordantes del C.P.C.C.N.

    Realizó un desarrollo de los agravios expuestos en su recurso de apelación y lo que se resolvió en esta alzada, expresando sus discordancias.

    Y considerando que:

  2. - Comenzaremos señalando que se advierte de la lectura del expediente, como así también de lo expuesto en el presente recurso extraordinario, que existe una manifiesta discordancia entre las constancias de autos, Fecha de firma: 06/08/2019 Alta en sistema: 07/08/2019 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.R., SECRETARIA #2824661#240545014#20190807075730509 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A lo que el actor expresó como agravios al interponer la apelación y lo que, en definitiva, se le contestó al resolver en esta instancia.

    Esta circunstancia ocasiona al accionante un grave perjuicio, máxime si tomamos en consideración que éste carece de la posibilidad de subsanarlo con la interposición de recursos ordinarios, lo que podría originar la consumación de una injusticia irreparable, y que lo que se encuentra en juego es la vulneración de derechos de carácter previsional.

    Asimismo, el otorgamiento, en este caso en concreto, del recurso extraordinario interpuesto atenta contra el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR