MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE RIVADAVIA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 860/04.

ARTICULO 1°

— En la Ciudad de Rivadavia, Departamento del mismo nombre, Provincia de Mendoza, República Argentina, a los doce días de Febrero de 1972 (12-02-72), se constituye el hoy denominado “SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE RIVADAVIA”, que agrupa a todos los Trabajadores de la Municipalidad de Rivadavia, Mendoza, sean éstos efectivos, eventuales, transitorios o contratados en todas las categorías, profesión u oficio.

Quedan exceptuados del agrupamiento las máximas autoridades Ejecutivas Municipales y Personal Superior de alto nivel con dotaciones de personal subordinado y con facultades directas para aconsejar y aplicar sanciones disciplinarias.

La entidad fija domicilio legal en Calle Modesto Gaviola Nº 355, de la Ciudad de Rivadavia, Provincia de Mendoza, teniendo como zona de actuación todo el territorio del Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza, constituyendo una asociación Gremial de Primer Grado, con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales, conforme a su objeto, finalidades y derechos y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

ARTICULO 2°

— El Sindicato tendrá por objeto, finalidades y derechos:

A)- Defender los intereses gremiales de los trabajadores que agrupa y representarlos ante el organismo empleador, autoridades y demás personas ante la cual es menester ejercer dicha representación;

B)- Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales la adopción de aquellas medidas que concurran a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de sus representados;

C)- Fomentar la unión y agremiación de los trabajadores comprendidos en su zona de actuación, sin establecer diferencias por razones ideológicas, políticas, sociales, de credo nacionalidad, raza o sexo;

D)- Velar por el fiel cumplimiento de las leyes de trabajo y seguridad social, cooperando con las autoridades públicas en el estudio y mejoramiento de las mismas y denunciando las infracciones a las leyes vigentes;

E)- Propiciar y concretar convenciones colectivas de trabajo, ejercer el derecho de huelga y adopción de más medidas legítimas de acción sindical;

F)- Propender a la elevación moral, cultural y material de los afiliados, fomentar el hábito al estudio, al...

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