MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de disposición | 01 Noviembre 2012 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2012 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Artículo Nº 1: En la PROVINCIA DE BUENOS AIRES se constituye el SINDICATO DE PEONES DE TAXIS DE RIO GALLEGOS que agrupara los trabajadores peones de taxis, que desarrollen tareas subordinadas en empresas de transporte de pasajeros por medio de taxímetros; incluye a los trabajadores dependientes, cualquiera fuera la nominación que se otorgue al contrato jurídico que une a las partes, que prestan servicios en taxímetros, pertenecientes o no al sistema satelital; con domicilio legal en RIO GALLEGOS, PROVINCIA DE SANTA CRUZ; conformándose una asociación sindical de 1º (primer) Grado con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales y sociales de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, con ámbito de actuación en toda la ciudad de Río GALLEGOS, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
ARTICULO Nº 9: La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por nueve (9) miembros titulares y tres (3) suplentes, que desempeñaran los siguientes cargos.
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SECRETARIO GENERAL.
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SECRETARIO ADJUNTO.
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SECRETARIO GREMIAL.
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SECRETARIO TESORERO.
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SECRETARIO DE ACTAS Y PRENSA.
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SECRETARIO DE OBRA Y ACCION SOCIAL.
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TRES VOCALES TITULARES.
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TRES VOCALES SUPLENTES.
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Se designará también a TRES REVISORES DE CUENTAS.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durara cuatro años, quienes podrán ser reelegido.
Para integrar los órganos directivos, se requerirá:
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Mayoría de edad.
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No tener inhibiciones civiles y penales.
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Tener dos (2) años de antigüedad en la afiliación y como peón de taxi.
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El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos y representativos deberá ser desempeñado...
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