MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición01 Noviembre 2012
Fecha de publicación01 Noviembre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
ARTICULO 1°

El Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Norte de Salta, constituido el día 24 de Febrero de 2.009 agrupa a todos los empleados y obreros, sin distinción de razas, religión, sexo o credo político que estén relacionados con la actividad agro industrial azucarera y sus derivados y que desempeñen tareas en las empresas dedicadas al cultivo e industrialización de la caña de azúcar, con zona de actuación en todo el territorio de los Departamentos de Orán y Departamento San Martín de la provincia de Salta.

Fija su domicilio legal en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, con sede en calle La Rioja Manz. 90 casa 1 del B° Azucarero, Código Postal Nº 4530.

ARTICULO 2°

El Sindicato tendrá por objeto:

  1. Defender y representar ante el Estado y los empleadores los derechos y los intereses colectivos de sus afiliados.

  2. Defender los intereses individuales de cada uno de los afiliados ante los empleadores, los Institutos de Previsión, la Justicia y toda otra repartición del Estado.

  3. Estudiar y plantear ante los empleadores las medidas que tiendan a llevar mejores condiciones de trabajo y de vida a sus asociados.

  4. Intervenir en negociaciones colectivas, celebrar y modificar pactos, ejercer el derecho de negociar colectivamente, el de participar, el de huelga y el de adoptar demás medidas legítimas de acción sindical.

  5. Fundar Instituciones de Asistencia Social, creando y apoyando la fundación de Mutuales.

  6. Organizar la práctica del deporte, fomentar el turismo y toda actividad que tienda a fomentar las cordiales relaciones entre sus asociados.

ARTICULO 11°

Son autoridades del Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del norte de Salta:

  1. La Asamblea.

  2. La Comisión Directiva.

  3. La Comisión Revisora de Cuentas.

ARTICULO 13°

La Comisión Directiva estará integrada por: Un Secretario General; Un Secretario Adjunto; Un secretario de Acta y Prensa; Un Secretario Gremial; Un Pro Secretario Gremial; Un Tesorero; Un Pro-Tesorero; Tres Vocales Titulares. Habrá además Tres Vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia...

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