MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición 1 de Julio de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE GENERAL PAZ, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. 639/11.

ARTICULO 1°

— A los 12 días del mes de Septiembre de 2005 se constituye la Asociación de Trabajadores Municipales de Gral. Paz como entidad de primer grado, que agrupara a los trabajadores que presten servicios en relación dependiente en la municipalidad de Gral. Paz, podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubiera encontrado afiliado a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende el partido de Gral. Paz siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con la disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en Barrio Arquitectura - Casa Nº 29 de Ranchos.

ARTICULO 2°

— La entidad tendrá los objetos y fines que a continuación se detallan:

  1. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.

  2. Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.

  3. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.

  4. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.

  5. Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen mejora del sector tanto en las condiciones laborales en general.

  6. Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.

  7. Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores de sector.

  8. Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.

ARTICULO 29°

— (ejemplificativo). El sindicato será dirigido y...

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