MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición22 de Mayo de 2014

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO PETROLEO Y GAS PRIVADO DE CUYO, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. 319/14.

DEL NOMBRE, CONSTITUCION, AGRUPAMIENTO Y ZONA DE ACTUACION.

ARTICULO 1º

) En la ciudad Capital de Mendoza, Provincia del mismo nombre, a los veintitrés días del mes de Mayo de mil novecientos cuarenta y seis (23-05-46), se constituyó el SINDICATO PETROLEROS DE MENDOZA, posteriormente y ante la presentación efectuada por Exp. Nº 102.771/62 por Resolución S.E.T. Nº 498 de fecha 27-11-68, dicha secretaría otorga la extensión de zona de actuación a las provincias de San Juan y San Luis y al mismo tiempo acepta por la misma Resolución el cambio de denominación, que a partir de la fecha pasa a ser SINDICATO PETROLERO DE CUYO; ahora al solicitar la modificación del presente Estatuto Social a los alcances de la ley 23.551 y su Decreto Reglamentario 567/98, se solicita nuevamente el cambio de denominación, pasándose a denominar SINDICATO PETROLEO Y GAS PRIVADO DE CUYO, que agrupa a los trabajadores —NO JERARQUIZADOS— de la actividad, de empresas particulares del petróleo y subsidiarias, que exploten, industrialicen y comercialicen el mismo, y sus subproductos, en todas sus categorías, profesión u oficio al personal de empresas contratistas o sub-contratistas al servicio permanente y/o transitorio de aquellos y/o de la empresa YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES (Y.P.F.), en todas sus categorías, profesión u oficio al personal de empresas fraccionadoras distribuidoras, y depósitos de Gas Licuado de Petróleo, en todas sus categorías, profesión u oficio. Al personal de empresas de perforación de aguas subterráneas, como así también a las empresas dedicadas a la extracción industrialización y comercialización de todos los combustibles líquidos y/o gaseosos de composición mixta, mezcla entre combustibles derivados del petróleo con los no derivados del petróleo o de origen vegetal (Ej: Biodiesel, Etanol, Bioetanol, Hidrogeno u otro combustible que pudiera desarrollarse para el uso en sistemas de transporte sustentables, industriales o domiciliarios, ejemplos a título identificativo y no taxativos como sus derivados, todo ello a tenor de la ley nacional 26.093 decreto reglamentario 109/2007 y las normas que en el futuro las modifiquen.

EXCLUIDA LA RAMA ADMINISTRATIVA. En todas sus otras categorías, profesión u oficio, comprendidos en las...

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