MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de la disposición | 21 de Noviembre de 2013 |
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MENDOZA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 830/13.
Denomínase Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza la asociación profesional de trabajadores de primer grado con Personería Gremial inscripta bajo el N° 1087 (mil ochenta y siete) que agremia en su seno a todo el personal de que desarrolla tareas, cualquiera fuera su jerarquía en AGUA Y SANEAMIENTO MENDOZA S.A (AYSAM S.A.) o sucesores, así también el de toda empresa que tenga a su cargo servicios públicos de provisión de agua potable y/o desagües cloacales y/o fluviales y servicios auxiliares, técnicos, comerciales y administrativos o que se instalen dentro del ámbito de actuación de esa organización, sean empresas nacionales, municipales, cooperativas privadas o mixtas, como así también aquellos trabajadores de empresas similares, que no poseyendo sus plantas purificadoras de agua y/o de líquidos cloacales en la jurisdicción precedentemente establecida, desempeñan sus tareas profesionales técnicas operativas, comerciales, administrativas, o en forma continuada o permanente en la zona de influencia de esta organización. Asimismo agrupará a los pasivos que hayan alcanzado esta situación mientras se desempeñaban en las actividades señaladas.
La jurisdicción y zona de actuación del Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, comprende todo el ámbito de la provincia de Mendoza.
El Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, fija su domicilio en la calle Montevideo N° 523/25 de la ciudad de Mendoza o en el lugar que en el futuro fije su comisión directiva.
El objeto del Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, es el siguiente:
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Reunir en su seno a todos los trabajadores de la actividad sanitarista.
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Defender los intereses profesionales de los trabajadores, velando por el cumplimiento de las leyes, escalafón y disposiciones laborales vigentes.
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Estudiar, plantear y ejecutar la adopción de medidas legítimas de carácter general, tendiente a salvaguardar las condiciones laborales, sociales y morales de sus asociados.
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Representar a los trabajadores respecto a diferendos y conflictos de carácter individual colectivo ante empleadores o asociaciones de empleadores, poderes públicos del estado, autárquicos y/o administración...
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