MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de la disposición | 28 de Octubre de 2013 |
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN, APROBADO POR RESOLUCION M.T. Y S.S. Nº 698/93.
En la ciudad de Luján se constituye la entidad gremial de primer grado denominada “Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional de Luján”, que agrupará a los trabajadores permanentes y contratados en todas sus categorías y agrupamientos sin distinción de cargos, sexo, nacionalidad o ideas, que se desempeñen en la Universidad Nacional de Luján, fijando domicilio legal en el cruce de las Rutas Nacionales 5 y 7.
La Asociación tiene por objeto:
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Defender los intereses gremiales de los trabajadores, autoridades y demás personas o entidades ante las cuales sea necesario ejercer dicha representación.
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Gestionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la adopción de aquellas medidas que concurran a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de sus representados.
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Fomentar la unión y agremiación de los trabajadores en su zona de actuación.
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Velar por el fiel cumplimiento de las leyes de trabajo y seguridad social, cooperando con las autoridades públicas en el estudio y mejoramiento de las mismas y denunciando las infracciones a las leyes vigentes en la materia.
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Propiciar y concretar convenciones colectivas de trabajo.
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Propender permanentemente a la superación de las condiciones contractuales que rigen la prestación del servicio de los trabajadores representados.
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Propender a la elevación moral, cultural y material de los afiliados, impulsar el hábito al estudio, al trabajo, a la economía y previsión, inculcar el concepto de la responsabilidad, disciplina, puntualidad y respeto mutuo.
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Promover la instrucción general y profesional de los afiliados mediante obras apropiadas, tales como: Biblioteca, conferencias, publicaciones, escuelas o cursos técnicos y de capacitación, talleres y exposiciones.
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Promover la formación y organización de sociedades cooperativas, mutuales, campos deportivos, proveedurías, seguros colectivos y subsidios entre los afiliados, de acuerdo con la legislación vigente.
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Realizar toda otra acción que concurra a ampliar el grado de bienestar que gozan sus representados, abarcando aspectos de descanso en colonias de vacaciones, turismo de esparcimiento, planes de vivienda y de toda otra actividad que persiga idénticas finalidades.
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