MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de publicación28 Octubre 2013
Fecha de disposición28 Octubre 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32752

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA UNION DE VISITADORES MEDICOS DE MENDOZA, APROBADO POR RESOLUCION M.T. Y S.S. 1012/08.

ARTICULO 1

En la ciudad Capital de Mendoza, Provincia del mismo nombre, a los once días del mes de diciembre de 2007, se constituye el sindicato Unión de Visitadores Médicos de Mendoza, que agrupara a los que trabajen en relación de dependencia privada o estatal en la Provincia de Mendoza teniendo zona de actuación todo el territorio de la misma; denominación ésta que fuera ratificada por Resolución de la Asamblea General Extraordinaria de afiliados del 4 de Diciembre de 2007, con la aprobación del estatuto social; con carácter de Asociación Profesional de Primer Grado con domicilio en calle Mitre 565, 2do. Piso oficina 41, de Ciudad y Provincia de Mendoza, para agrupar a toda persona, sin importar la nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso, siempre y cuando bajo relación de dependencia realicen tareas inherentes a la actividad de visitadores médicos. Con zona de actuación en todo el territorio de la Provincia de Mendoza, constituyéndose una asociación de primer grado, con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales conforme a su objeto, finalidades y derechos y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

ARTICULO 2

La Unión de Visitadores Médicos de Mendoza tendrá por objeto, finalidad y derechos:

  1. Defender los intereses gremiales de los trabajadores en él nucleados y representarlos ante empleadores autoridades y demás personas o entidades ante las cuales es menester ejercer dicha representación.

  2. Peticionar ante la Autoridades Naciones, Provinciales y Municipales, la adopción de aquellas medidas que concurran a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de sus representados.

  3. Fomentar la unión y agremiación de los Agentes de Propaganda Médica, comprendidos en su zona de actuación.

  4. Velar por el fiel cumplimiento de las leyes de trabajo y seguridad social, y la ley 5038 de profesionalidad de esta actividad, cooperando con las autoridades públicas en el estudio y mejoramiento de las mismas y denunciando las infracciones a las leyes vigentes.

  5. Propiciar y concretar convenciones colectivas de trabajo.

  6. Propender a la elevación moral, cultural y material de los afiliados, fomentar el hábito al estudio, al trabajo y a la economía y previsión, inculcar el concepto de responsabilidad, disciplina, puntualidad y respeto.

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