MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición19 Julio 2013
Fecha de publicación19 Julio 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32683



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE MENDIOLAZA (S.E.T.M.M.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 258/13.

ARTICULO 1°

) En la Localidad de Mendiolaza. Departamento Colón, de la Provincia de Córdoba, a los dos días del mes de Diciembre del Año Mil Novecientos Noventa y Nueve, se constituye la Entidad de Primer Grado, cuya denominación será: SINDICATO DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE MENDIOLAZA (S.E.T.M.M.), que agrupará a todos los Trabajadores Municipales que prestan servicio en relación de dependencia con la Municipalidad de Mendiolaza, comprendido en las diversas categorías de los respectivos Estatutos y Escalafones Municipales, y con la exclusión de todas aquellas personas que desempeñen funciones por elección popular, Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal, Asesores Letrados y demás Profesionales, Funcionarios, Directores o cargos equivalentes que por disposición legal o reglamentaria ejerzan funciones, para cuyos nombramientos y remoción la Ley de Municipios, Cartas Orgánicas u Ordenanzas, fijan procedimientos especiales. Su domicilio legal será en: Cadiz 331, de la Localidad de Mendiolaza, del Departamento Colón, de la Provincia de Córdoba. Su zona de actuación, estará delimitada por el Ejido Municipal de la Localidad de Mendiolaza, Departamento Colón, Provincia de Córdoba. Su objeto es la de consolidar y constituir una Asociación Gremial de Trabajadores Municipales, con carácter permanente, para la defensa de los intereses Gremiales y Profesionales, de acuerdo a las normas Legales vigentes y a lo que en forma expresa se establece en el presente Estatuto.

ARTICULO 2°

Las finalidades presentes y futuras a que propenderá la Asociación Gremial serán:

  1. Fomentar pacíficamente la unión y agremiación de todos los trabajadores, a que se refiere el artículo 1°) del presente Estatuto, que comparten el ideario de la Asociación, sus principios y objetivos en la jurisdicción de esta entidad.

  2. Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales, todo aquello que contribuya a la elevación del nivel cultural, económico y social, como así también todo lo concerniente a la seguridad y salubridad de los medios de trabajo en beneficio de los trabajadores.

  3. Cooperar con las autoridades públicas, en el estudio de todas las cuestiones que interesen al gremio o a...

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