MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición11 Julio 2013
Fecha de publicación11 Julio 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32677

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD (Si.Pr.U.S.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y S.S. Nº 20/13.

Artículo 1º

El Sindicato de Profesionales Universitarios de la Sanidad (Si.Pr.U.S.) tendrá por objeto la defensa de los intereses de los Profesionales Médicos, Médicos Veterinarios, Odontólogos, Bioquímicos, Farmacéuticos, Doctores en Química, Peritos Químicos, Bacteriólogos y Licenciados en Química dedicados a la práctica de análisis clínicos, Psicólogos, Nutricionistas, Kinesiólogos Terapistas Físicos, Fisioterapeutas, Obstetras, Terapistas Ocupacionales, Fonoaudiólogos, Trabajadores Sociales, Lic. en Enfermería y Psicopedagogos, como así para las otras Profesiones relacionadas con la Promoción, Protección, Recuperación y Rehabilitación de la Salud, que desempeñen actividades para las que se requiera título profesional universitario y se encuentren en alguna de las situaciones que se indican seguidamente:

  1. Bajo dependencia remunerada de la Administración o Entes Autárquicos del Estado Provincial, Nacional o Municipal, profesionales residentes del equipo de salud y profesionales con otras formas de relación contractual con el Estado.

  2. Bajo dependencia de entidades privadas, de beneficencia, de mutualidades u obras sociales donde no se aplique la retribución por acto profesional con libre elección del paciente (Sanatorios, Clínicas, Geriátricos, Centros de Rehabilitación, Mutuales, Obras Sociales, Sistemas prepagos de Emergencia y Atención Domiciliaria).

El domicilio legal se ubica en la ciudad de Santa Fe, pudiendo fijar las regionales su propio domicilio. Tendrá como zona de actuación el territorio de la Provincia de Santa Fe, constituyendo una Asociación Sindical con carácter permanente para la defensa de los intereses de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Art. 2º

Los objetivos Fundamentales de la entidad son la promoción irrestricta de las condiciones laborales, sociales, sanitarias, económicas, técnicas, culturales y recreativas de sus asociados, a través de la defensa de los derechos profesionales de los mismos. Asimismo la promoción del derecho a la salud de la comunidad a través de la defensa del carácter público, gratuito e igualitario del sistema público de salud. A tales fines, la entidad propenderá a la creación de los organismos y generará las acciones necesarias para lograr los propósitos...

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