Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 26 de Octubre de 2023, expediente CNT 032635/2021/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE Nº CNT 32635-21 SALA IX JUZGADO Nº 1

AUTOS: “MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/

TOTO & NANO S.R.L. s/ EJECUCION FISCAL”

Buenos Aires, en la fecha registrada en el SGJ Lex100

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la parte actora en fecha 1-9-23 (a fs. 40/6) por considerar reducidos los honorarios regulados en fecha 28-

8-23 (a fs. 39) por las tareas de ejecución.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, atendiendo a la importancia, complejidad,

mérito, extensión, calidad de las tareas llevadas a cabo y lo normado por los arts. 16, 21, 41

y ss. de la ley 27.423, el art. 38 de la L.O., y el art. 1.255 del C.C.C.N., a criterio de esta alzada los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora por los trabajos de ejecución lucen adecuados, razón por la cual corresponde que sean confirmados,

en cuanto fueron objeto de recurso.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora por los trabajos de ejecución, en la forma establecida en el considerando precedente; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N Nro. 38/13. 11/14 y Nro. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvase.

M.S.F.R.C.P. JUEZ DE CAMARA JUEZ DE CAMARA

Ante mí:

F.M.G.

Fecha de firma: 26/10/2023

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

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