Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 8 de Marzo de 2017, expediente CNT 085403/2016

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente Nº CNT 85403/2016/CA1 AUTOS: ”Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social c. Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria Comercio y Servicios s. Ley de Asoc. Sindicales”.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 del mes de marzo de 2017 VISTO:

El pedido de aclaratoria de fs. 285, y; CONSIDERANDO:

El Tribunal ha incurrido en una omisión en la sentencia de fs. 283 y vta.

que debe ser subsanada (artículo 99 de la Ley 18.345).

La imposición de las costas estará a cargo de la asociación apelante.

Regular los honorarios de la representación letrada de la Asociación Viajantes y Representantes de C. y de la Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria Comercio y Servicios en $ 7.000 y $ 10.000 (artículo 38 Ley 18.345).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Aclarar el pronunciamiento de fs. 283 y vta. en el sentido precedentemente expuesto.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º Acordada CSJN 15/13 del 21/05/13 y, oportunamente, devuélvase.

LS Fecha de firma: 08/03/2017 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA...

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