MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de la disposición | 21 de Noviembre de 2014 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Síntesis del Estatuto Social del Sindicato Unico de Trabajadores de Concesionarias Viales y Afines de la Provincia de Santa Fe, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. 757/13.
ARTICULO Nº 1: Denomínase SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE a la Asociación Sindical de primer grado, que fuera fundada en la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, República Argentina, a los trece días del mes de octubre de 2004.
ACTIVIDAD PROFESIONAL
ARTICULO Nº 2: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE estará integrado por obreros y empleados que se desempeñen en cualquier empresa concesionaria de servicios viales prestados en el ámbito geográfico de las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa abarcando a los trabajadores que desarrollen su actividad laboral en rutas, autopistas, autovías, accesos o colectoras y conexiones físicas o puentes, túneles, consorcios viales, delegaciones administrativas, unidades ejecutoras, unidades de administración y/o cualquier otro ente que con otra denominación realice la actividad de concesión vial y/o de explotación mediante el cobro de peaje en cualquier tipo de concesión vial que se haya adjudicado y/o cedido y/o hayan de adjudicarse o cederse en el futuro, por cualquier título que fuere, a personas físicas o jurídicas de índole privada y/o pública, por el Estado Nacional, Provincial o Municipal, para su aprovechamiento y/o explotación y dentro del territorio de las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa de la República Argentina. Cualquiera sea la naturaleza y el carácter de la vinculación contractual individual del trabajador y de la ubicación, categoría y jerarquía en planta orgánica, según el catálogo general de funciones, aun cuando presten servicios a órdenes inmediatas de contratistas o subcontratistas afectados al desarrollo de tareas propias de la actividad de prestación de servicios viales tercerizados.
ARTICULO Nº 3: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE contará con zona de actuación en todo el territorio de las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa y en todas las estructuras que las Empresas adopten para funcionar.
DOMICILIO
ARTICULO Nº 4: El domicilio legal del SINDICATO UNICO DE...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba