MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición14 de Marzo de 2014

SINTESIS DEL ESTATUTO DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DEL ESTADO MUNICIPAL Y PROVINCIAL (SEMUP), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 1236/13.

ARTICULO 1°

Denomínase “Sindicato de Empleados del Estado Municipal y Provincial” en adelante S.E.MU.P., fundada en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; a los 19 (diecinueve) días del mes de diciembre del año 2011 por Resolución de Asamblea General Extraordinaria y por voluntad de los trabajadores.

ARTICULO 2°

El “Sindicato de Empleados del Estado Municipal y Provincial” constituye su domicilio legal en la calle Gdor. Paz N° 928 Local “B” de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. Asimismo, contará con seccionales en la ciudad de Río Grande y la Localidad de Tolhuin, la que quedará condicionada su funcionamiento ad referéndum de la Comisión Directiva.

ARTICULO 3°

El ámbito de actuación del sindicato es la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por lo cual se podrá disponer la apertura de Delegaciones en todo el Territorio de la Provincia, las cuales serán autorizadas por Asamblea.

ARTICULO 14°

El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por 11 (once) Miembros Titulares.

Habrá además un Vocal Suplente que sólo integrará la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

• SECRETARIO GENERAL

• SECRETARIO ADJUNTO

• SECRETARIO GREMIAL

• SECRETARIO DE FINANZAS

• SECRETARIO DE POLITICAS GENERALES

• SECRETARIO DE PRENSA Y ORGANIZACION

• SECRETARIO DE ACTAS

• SECRETARIO DE VIVIENDA

•...

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