MINISTERIO DE SALUD

Fecha de disposición19 Noviembre 2013
Fecha de publicación19 Noviembre 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32768

MINISTERIO DE SALUD

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, conforme a lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por Disposición del Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, se notifique al profesional John César MONTAÑO ZANABRIA, la Resolución Nº 2 de fecha 6 de Enero de 2.012 cuya parte resolutiva reza:

ARTICULO 1°

Sanciónase con una multa de $ 1.500 (mil quinientos pesos), al odontólogo David DIAZ UBAQUE, en carácter de titular del consultorio sito en la calle Ibarrola Nº 7257 Dpto. Nº 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por haber infringido el Artículo 40, inciso a) del Decreto Reglamentario 6216/67 de la Ley Nº 17.132.

ARTICULO 2°

Sanciónase con una multa de $ 1.000 (mil pesos) a cada uno de los profesionales, José Alberto PORCEL PANIAGUA y JOHN CESAR MONTAÑO ZANABRIA por haber infringido el artículo 26 del Decreto Reglamentario Nº 6216/67 de la Ley Nº 17.132.

ARTICULO 3º

Contra la presente los interesados solo podrán interponer recurso de nulidad y apelación en los términos y condiciones del artículo Nº 135 de la Ley Nº 17.132.

ARTICULO 4°

Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el pago de las multas impuestas, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).

ARTICULO 5º

Regístrese, notifíquese por la DIRECCION DE DESPACHO. Publíquese en el Boletín Informativo. Cumplido y pase a la DIRECCION DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS para la continuación de su trámite y archívese...

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