MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Fecha de disposición | 30 Mayo 2012 |
Fecha de publicación | 30 Mayo 2012 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
ACUERDO
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Y
EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA LIBANESA
SOBRE
COOPERACION EN EL AMBITO DEL TURISMO
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Libanesa, en adelante denominados las “Partes”,
Deseosos de fortalecer las relaciones de amistad que los unen y de promover un mayor conocimiento mutuo de su patrimonio histórico y cultural,
Conscientes de que el turismo es un medio importante para fortalecer el entendimiento mutuo y expresar la buena voluntad y las relaciones amistosas entre los pueblos,
De conformidad con las recomendaciones de la Organización Mundial del Turismo y sus leyes nacionales respectivas,
Han acordado lo siguiente:
Las Partes, de conformidad con el presente Acuerdo y sus leyes nacionales respectivas, promoverán el desarrollo de la cooperación en el ámbito del turismo sobre la base del interés mutuo y de la igualdad de derechos.
Las Partes desarrollarán la cooperación entre las asociaciones, organizaciones, empresas y agencias de turismo argentinas y libanesas.
Las Partes favorecerán las inversiones de capital de personas físicas o jurídicas en el ámbito del turismo.
Las Partes favorecerán los viajes de grupos organizados y el turismo individual y promoverán el intercambio turístico de grupos especiales con el propósito de que participen en manifestaciones deportivas, festivales de música y de teatro así como en exposiciones, simposios y congresos organizados en el ámbito del turismo.
Las Partes promoverán el intercambio de estadísticas e información en el ámbito del turismo y especialmente en todo lo relacionado con:
-
las leyes y reglamentaciones relativas a las actividades turísticas y la protección y la conservación de los recursos naturales y culturales que constituyan atracciones turísticas,
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los centros turísticos de los dos países,
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la experiencia en el ámbito de la gestión hotelera y otros tipos de alojamiento turístico,
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el material de referencia, información y publicidad.
Las Partes procurarán, en la medida de sus posibilidades, garantizar la capacitación del personal profesional en el ámbito del turismo, fomentar el intercambio de periodistas y expertos en turismo y viajes y promover los contactos polivalentes y las actividades conjuntas...
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