Expediente nº 14613/67 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 11 de Abril de 2018

Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. n° 14613/17 "Ministerio Público -Fiscalía de Cámara Este de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'P., L.E. s/ infr. art. 189 bis, CP"

Buenos Aires, 11 de abril de 2018

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. Como surge de la resolución anterior de este Tribunal (fs. 66/67), el titular de la Fiscalía de Cámara Este interpuso recurso de queja (fs. 53/59) contra el pronunciamiento de la Sala I (fs. 49/52) que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad obrante a fs. 40/45. Allí cuestionaba la decisión de esa misma Sala que, tras considerar que la oposición del Ministerio Público Fiscal no estaba debidamente fundada y no resultaba vinculante para el tribunal, revocó la dictada por la jueza de grado en cuanto había denegado la suspensión del proceso a prueba solicitada por la defensa y ordenó devolver las actuaciones a primera instancia a fin de que, previa certificación de los antecedentes penales del imputado, se dictara una nueva resolución conforme a los lineamientos allí establecidos (fs. 30/38).

Para denegar el recurso de inconstitucionalidad, los integrantes de la Sala I sostuvieron que la Fiscalía no había planteado un caso constitucional.

  1. El F. General a cargo, al tomar intervención, sostuvo el recurso interpuesto, solicitó se le otorgara efecto suspensivo -que fue resuelto de modo favorable por este Tribunal el día 04/10/17- y consideró que correspondía declarar la nulidad de la resolución cuestionada y continuar con la tramitación del caso (fs. 63/64).

    Fundamentos

    El juez J.O.C. dijo:

  2. Si bien los jueces de mérito no concedieron la suspensión del proceso a prueba, sino que la supeditaron a una condición ajena al Ministerio Público Fiscal -en particular, a la "(…) previa certificación de antecedentes penales acompañada de nuevas fichas dactiloscópicas(…)", cf. fs. 38 vuelta-, la resolución recurrida mediante el recurso de inconstitucionalidad encauza el proceso hacia un destino que sólo tiene sentido a partir de la no aplicación de doctrina establecida por este Tribunal acerca de las reglas constitucionales en juego y, particularmente, la relevancia del consentimiento del Ministerio Público Fiscal a los efectos de que una suspensión del proceso a prueba pueda ser concedida (v. el voto del señor juez, doctor L.F.L., al que adherí in re "Ministerio Público Fiscal -Fiscalía de Cámara Este de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Incidente de apelación en autos Legajo de juicio en autos L., M.A. s/ infr. art. 183, CP", expte. 10290, resolución del 09/04/2014).

    Por ello, la cuestión que se debate en esta causa resulta análoga, en lo sustancial, a la resuelta por este Tribunal in re "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, C. y de Faltas nro. 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'B., C.M. s/ inf. art. 189 bis, CP'", expte. n° 6454/09, resolución del 08/09/2010.

    En consecuencia me remito, en lo pertinente, a los argumentos y a la solución expresados en el precedente citado, del que se agregará copia para que forme parte de este pronunciamiento.

  3. Por todo ello, corresponde hacer lugar a los recursos de queja e inconstitucionalidad interpuestos y revocar la resolución de la Cámara.

    Así lo voto.

    El juez L.F.L. dijo:

    La cuestión debatida resulta sustancialmente análoga a la tratada por el Tribunal in re "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'B., C.M. s/ inf. art. 189 bis, CPʼ", expte n° 6454/09, resolución del 08/09/2010; "P.R., J.F. s/ inf. art. 189 bis, portación de arma de fuego de uso civil, CP s/ recurso de inconstitucionalidad concedido", expte. n° 7909/11, resolución del 07/12/2011; "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Legajo de juicio de P.A., M.Á. s/ inf. art(s). 189 bis CP'", expte. nº 9145/12, resolución del 20/11/13 y más recientemente in re Ministerio Público -Fiscalía de Cámara Sudeste de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Chapana, N.A. s/ art(s). 183 y 149 bis, párr. 1º, amenazas, CP (p/L 2303)", expte. n° 13625/16, resolución del 15/02/17, entre muchos otros.

    En ese marco, en ausencia de agravios que lleven a revisar la doctrina allí sentada, por las razones dadas en esos precedentes, a las que me remito...

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