Expediente nº 14698/60 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 28 de Febrero de 2018

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2018
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. n° 14698/17 "Ministerio Público -Fiscalía de Cámara Oeste de la CABA- s/ queja por recurso de incons-titucionalidad denegado en: 'Paterno, N.S. s/ infr. art. 111, CC'"

Buenos Aires, 28 de febrero de 2018

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El Sr. Fiscal de Cámara en lo Penal, C. y de Faltas acude en queja ante este Tribunal (fs. 52/57) contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad cuya copia acompañó a fs. 36/42. Allí cuestionaba la resolución mediante la cual la mencionada S. revocó la decisión del magistrado de grado que había declarado la rebeldía del imputado y ordenado la averiguación de su paradero y posterior traslado a la sede del tribunal con auxilio de la fuerza pública (fs. 16).

  1. La fiscalía, en su recurso de inconstitucionalidad, sostiene que la resolución de la Sala III es equiparable a una sentencia definitiva por el gravamen irreparable que ocasiona. En esa línea, manifiesta que lo resuelto por la Cámara provocaría que el sumario se oriente hacia su fulminación por prescripción de la acción contravencional. Asimismo, el recurrente alega la arbitrariedad de la resolución impugnada, la afectación del debido proceso, la división de poderes y del principio acusatorio.

  2. La Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad porque entendió que el recurrente no había logrado plantear un caso constitucional (fs. 46/50).

  3. Al tomar intervención en autos, el Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General sostuvo la queja interpuesta y consideró que correspondía hacer lugar a los recursos y revocar la resolución recurrida (fs. 60/63).

  4. Con posterioridad, el Tribunal requirió el envío de los autos principales (fs. 65). Recibidas las actuaciones (fs. 68) se advirtió que el 14/11/17 el Juzgado de Primera Instancia Penal, Contravencional y de Faltas nº 1 había resuelto declarar la prescripción de la acción contravencional y sobreseer a N.S.P. (cf. fs. 68/69 del expediente nº 20663-01-00/14). Seguidamente, ante la ausencia de las constancias de notificación de tal decisión, previo requerimiento por parte de este Tribunal, se recibió una comunicación del mencionado juzgado en la que se informa que lo resuelto se encontraba firme (fs. 78).

    Fundamentos

    Los jueces J.O.C. y A.M.C. dijeron:

    Según consta en el expediente nº 20663-01-00/14 caratulado "Legajo de juicio en autos Paterno, N.S. s/ inf. art. 111, CC", con fecha 14 de...

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