Expediente nº 13346/38 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 10 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. nº 13346/16 "Ministerio Público -Fiscalía de Cámara Oeste de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucio-nalidad denegado en: 'C., E.I. s/ inf. art. 189 bis, tenencia de arma de fuego de uso civil, CP (p/L 2303)'"

Buenos Aires, 10 de agosto de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta:

  1. El titular de la Fiscalía de Cámara Oeste dedujo recurso de queja (fs. 285/290) contra el auto denegatorio (fs. 278/283) del recurso de inconstitucionalidad que, a su turno, había interpuesto contra el pronunciamiento de la Sala III que, en lo que importa, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa, revocó la sentencia de primera instancia y absolvió a E.I.C. respecto del delito de portación de arma civil sin la debida autorización legal (fs. 212/221).

  2. Al tomar intervención en este legajo, el Sr. Fiscal General a/c desistió del recurso de queja interpuesto por la Fiscalía de Cámara, por considerar que los recursos interpuestos no alcanzan a presentar un supuesto de arbitrariedad que habilite la intervención de este Tribunal y porque, a su vez, los agravios planteados se vinculan con cuestiones de hecho y prueba ajenos a la vía extraordinaria (fs. 293/294).

    Fundamentos:

    Los jueces I.M.W., A.E.C.R., J.O.C. y L.F.L. dijeron:

    En virtud de lo establecido en el art. 31, inc. 3, de la ley n° 1903, corresponde tener por desistido el recurso interpuesto.

    Por ello, el Tribunal...

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