Expediente nº 13696/66 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 22 de Febrero de 2017
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2017 |
Emisor | Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas |
E.. nº 13696/16 "Ministerio Público -Defensoría General de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'C., F.E. y otros s/ infr. art. 149 bis, CP'"
Buenos Aires, 22 de febrero de 2017
Vistos: los autos indicados en el epígrafe
Resulta 1. El día 9 de noviembre de 2016 el Tribunal resolvió, por mayoría, rechazar el recurso de queja interpuesto y diferir la consideración del depósito que reclama la queja vencida (art. 34, segundo párrafo, ley n° 402) a las resultas del trámite del beneficio de litigar sin gastos iniciado (fs. 125/127).
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Seguidamente, en respuesta a la solicitud efectuada por el Tribunal, el Sr. juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Penal, Contravencional y de Faltas n° 28 informó que el día 1 de septiembre de 2016 había concedido el beneficio de litigar sin gastos respecto del Sr. F.E.C. (fs. 110/112) y, a su vez, con fecha 22 de noviembre de 2016 se certificó por Secretaria que tal decisión se encontraba firme (cf. fs. 134).
Fundamentos
Los jueces J.O.C., A.M.C. e I.M.W. dijeron:
Las constancias obrantes a fs. 130/131 y 134 permiten tener por acreditado que se ha concedido el beneficio de litigar sin gastos al Sr. F.E.C. y que esa decisión se encuentra firme.
En consecuencia, corresponde eximir al nombrado de la integración del depósito que reclama la queja vencida (cf. art. 34 de la ley n° 402).
Así lo votamos.
La jueza A.E.C.R. dijo:
En cuanto al pago del depósito me he manifestado a favor de la exención del pago cuando el recurso procede de la defensa oficial, a tal respecto remito a mi opinión en "Ministerio Público -Defensoría Oficial en lo Contravencional n° 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'F.C.C. s/ art. 40 CC -apelación-'", expte. n° 2212, resolución del 11/06/03; "Ministerio Público -Defensoría Oficial nº 6- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Caro, M.D. s/ arts. 61 y 63 CC, apelación'", expte. nº 2197, resolución del 10/09/03; "Ministerio Público -Defensoría Oficial en lo Contravencional n° 6- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Echagüe, D. s/ violar luz roja y otra'", expte. nº 2279, resolución del 30/09/03; y "Ministerio Público -Defensoría Oficial en lo Contravencional y de Faltas nº 8- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Prescava, D.D. s/ art. 189 bis CP'" expte. n° 3562, resolución del 25/02/05. Así lo voto.
El juez L.F.L. dijo:
Por las razones apuntadas en mi voto in re "Ministerio...
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