MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN RESOLUCIÓN N° 00209 (S/C 22581 Ag. 1)
Emisor | MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN RESOLUCIÓN N° 00209 |
Número de registro | 22581 |
Fecha | 01 Enero 2018 |
Santa Fe, 23 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente N° FG – 000247/2018 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación -categoría presupuestaria de Secretario de Juzgado de Circuito del Poder Judicial-; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.
Que el Art. 16° inc. 12) de la ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.
Que, la ley 13.459 regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación.
Que, el referido organismo depende orgánica, financiera y funcionalmente del Fiscal General, constituyendo un cuerpo especializado de investigación criminal cuyas funciones están orientadas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles para aquella.
Que, el Organismo de Investigaciones ejercerá su actuación a tenor de lo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe (ley 12.734) y en la ley 13.013.
Que, la estructura del organismo fue aprobada mediante Resolución FG Nº 198 de fecha 17 de agosto de 2016, y modificada por la Res. Nº 184/18 de fecha 21 de junio de 2018 con el objetivo de incorporar a la mencionada estructura las áreas de “Subdirección de Administración de Procesos Legales” y la “Subdirección de Administración de Unidades Operativas”, ambas dependientes de la Dirección Provincial del Organismo de Investigaciones.
Que, dicho organismo está integrado, entre otros, por Direcciones Regionales, dependientes de la Dirección Provincial.
Que, la ley 13.459 ha creado cargos presupuestarios de Directores Regionales, que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el régimen de concursos de funcionarios del MPA, garantizándose transparencia, publicidad, excelencia y celeridad. Que, actualmente dichos cargos se encuentran vacantes.
Que, las resoluciones FG N° 3/12 y su Anexo I, 210/14 y 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.
Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución FG 3/12, en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la ley 13.013 y en los Arts. 11, 20 y concordantes de la ley 13.459.
POR ELLO:
EL FISCAL GENERAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Director Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación -categoría presupuestaria de Secretario de Juzgado de Circuito del Poder Judicial-, con una dedicación horaria semanal mínima de 45 horas, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones FG N° 3/12, 210/14 y 67/15 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones -responsabilidad primaria- se citan en el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:
Ser mayor de 25 años de edad.
Poseer título universitario de abogado, o licenciado en administración, o licenciado en ciencia política, en cualquier caso con dos años de antigüedad.
Contar con no menos de dos años de experiencia laboral en funciones de asistencia técnica en ámbitos de gestión y/o judiciales, asimilables de manera específica al de las funciones que le competen.
ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista...
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