MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Fecha de disposición19 Agosto 2011
Fecha de publicación19 Agosto 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32217

El Departamento de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa notifica a la firma LATIN EXPERTS S.A. la RESOLUCION Nº 199/08 de fecha 31 DE JULIO DE 2008 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, recaída en el expediente S01:0059267/2006, la que a continuación se transcribe: “ARTICULO 1º.- Revócase la inscripción de la Empresa LATIN EXPERTS S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS, creado por la Resolución Nº 61 de fecha 3 de mayo de 2005 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en el marco de la Ley Nº 25.922, el Decreto Nº 1594 de fecha 15 de noviembre de 2004 y la Resolución Nº 61/05 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. ARTICULO 2º.- Hágase efectiva la caducidad de los beneficios otorgados conforme lo dispuesto por el Artículo 12, segundo párrafo de la Resolución Nº 61/05 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a partir del día 15 de febrero de 2008. ARTICULO 3º.- Notifíquese al interesado y remítase copia de la presente resolución a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.”

El acto administrativo que por el presente se notifica, es susceptible de los recursos administrativos previstos en los Artículos 84 y 89 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley Nº 19.549, que se transcriben a continuación:

Recurso de reconsideración

84.- Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación de reclamo o pretensión del administrado y contra...

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