MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición24 Abril 2015
Fecha de publicación24 Abril 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33116

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Síntesis del Estatuto Social del Sindicato de Empleados No Docentes de Educación de la Provincia del Chaco, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. 1222/14.

Capítulo l Denominación, Domicilio, Ámbito de Aplicación Artículos 1 y 2
Artículo 1°
  1. Se denomina Sindicato de Empleados No Docente de Educación de la Provincia del Chaco (S.E. No D.E.P.Ch.) a la entidad gremial de 1° grado, con domicilio real en la Calle Obrajero N° 214 —Planta Alta de Resistencia— Chaco)

Ámbito de Aplicación:

a.1) Socios Activos: Todo el personal administrativo y de servicio en relación de dependencia del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología cualquiera sea su ideología política, credo religioso, sexo, nacionalidad o raza. La zona de actuación se extiende a toda las dependencias del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.

a.2) Socios Pasivo: Todo el personal administrativo y de servicio que hayan alcanzado el beneficio previsional de la jubilación, estando afiliado al Sindicato estando en actividad.-

Objetivos, Derechos y Deberes de los Afiliados

Artículo 2°

Objetivos.

  1. Representar al sector comprendidos en el Artículo 1°, ante autoridades y organismos provinciales y nacionales;

  2. Facilitar un diálogo permanente y directo entre los trabajadores y las autoridades del organismo;

  3. Fomentar un ámbito de discusión lineal entre los representantes y los afiliados;

  4. Defender los derechos y garantías individuales y colectivos de los afiliados ante las autoridades desde el marco legal y constitucional, tanto nacional como de la provincia, desde un ámbito de paz, equidad y justicia, inculcando hábito de responsabilidad y disciplina;

  5. Intervenir por derecho propio o por mandato cuando la naturaleza de la cuestión pueda afectar intereses sindicales de la actividad o categoría de los empleados que agrupa o afecte derechos de la entidad;

  6. Representar al gremio en el Directorio del In.S.S.Se.P u otro organismo provincial específico;

  7. Intervenir en negociaciones colectivas llevando la posición de la Asamblea, celebrar y modificar pactos, o convenios colectivos e intervenir en la vigencia del cumplimiento de la legislación social y promover su aplicación y/o perfeccionamiento;

  8. Favorecer vínculos y convenios interinstitucionales con otras entidades gremiales o mutuales...

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