MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de la disposición | 11 de Marzo de 2015 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Síntesis del Estatuto Social del Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. Nº 12/15.
El SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.T.S.A.I.D.), Asociación Profesional de Trabajadores de Primer Grado que fuera constituida el 21 de marzo de 1958 y que tiene por objeto la representación y defensa de los intereses profesionales de los trabajadores de la actividad, actuará con sujeción a los presentes Estatutos.
El Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (S.A.T.T.S.A.I.D.) agrupa y representa a todos los trabajadores/as de las áreas: técnicas, producción, operativa, administración, venta y/o promoción, cobranza, atención al cliente, maestranza, servicios generales y además áreas sin distinción de jerarquía, que presten servicios en las empresas de televisión de circuito abierto, cerrado y/o codificado, de recepción satelital directa al hogar, antenas comunitarias y/o satelitales; productoras de programas o contenidos para ser destinados a su difusión por televisión por redes propias o de terceros, realizadoras de comerciales, centro de copiado, empresas de servicio de venta, producción, distribución y/o transporte de señales, datos y/o contenidos audiovisuales, prestadoras de servicios de valor agregado y otros servicios complementarios de televisión previstos o a incorporarse en los marcos regulatorios, prestadores de servicios específicos de la actividad y otras actividades afines que utilicen tecnología existente y/o que en el futuro incorporen nuevas tecnologías con el objetivo de mejorar, perfeccionar u optimizar los sistemas de producción, difusión, transmisión, retransmisión, emisión y/o recepción de contenidos y/o datos sobre cualquier soporte —unidireccional, bidireccional— ya sean analógicos, digitales, de servicios de valor agregado o de toda otra conformación técnica de los mismos, cualquiera sea la vinculación que mantengan con el principal.
Asimismo agrupará a todos los trabajadores/as que destinen su fuerza de trabajo en empresas que se dediquen a prestar servicios de telecomunicaciones: transporte, transmisión, retransmisión, difusión...
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