MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Fecha de disposición | 15 Mayo 2015 |
Fecha de publicación | 15 Mayo 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33130 |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Buenos Aires, 11 de mayo de 2015
PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY N° 24.080
INSTRUMENTOS BILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA PARA SU ENTRADA EN VIGOR
• MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE EN MATERIA DE CONTROL DEL ALGA DIDYMO.
Firma: 29 de agosto de 2014.
Vigor: 06 de julio de 2015.
LILIANA N. ROCHE, Ministra, Directora de Tratados.
MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE
EN MATERIA DE CONTROL DEL ALGA DIDYMO
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Chile, denominadas en adelante “las Partes”,
Tomando en consideración la existencia de especies exóticas compartidas que afectan la conservación de la flora y fauna nativa de ambos países;
Recordando que mediante el artículo 8 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro (Brasil) el 5 de Junio de 1992 y ratificado tanto por la República Argentina como por la República de Chile, los Estados Partes se comprometen, en la medida de lo posible, a impedir que se introduzcan y a controlar las especies exóticas que amenacen ecosistemas, hábitats y especies nativas;
Considerando que, de acuerdo con el artículo II del Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Medio Ambiente, suscripto en Buenos Aires el 2 de agosto de 1991, las Partes llevarán a cabo acciones coordinadas o conjuntas para la protección y aprovechamiento racional de los recursos hídricos y de sus recursos vivos y prevención, defensa y saneamiento de su contaminación;
Teniendo en cuenta que ya existe un acuerdo específico vigente entre los dos países sobre control y erradicación de especies exóticas, como lo es el Acuerdo entre la República Argentina y la República de Chile sobre la Restauración de los Ecosistemas Australes afectados por el Castor Americano (Castor canadensis), suscrito en Santiago el 26 de septiembre de 2008;
Reconociendo que para la República Argentina y la República de Chile, la presencia de la especie exótica Didymosphenia geminata (Didymo) genera pérdidas en la biodiversidad y económicas para ambos países;
Conscientes de los riesgos que impondría un potencial incremento de la propagación de esta especie sobre la biodiversidad, los paisajes y sobre diversas actividades económicas en ambos países; y
Teniendo en cuenta que esta especie exótica invasora ha sido catalogada como “plaga” en el territorio...
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