Minisol Desarrolladores S.R.L.

Fecha de disposición07 Mayo 2008
Fecha de publicación07 Mayo 2008
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31399

Capital Federal. Autorizado en escritura 1797 del 13/12/07.

Escribano - Patricio H. Caraballo Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:

29/4/2008. Número: 080429205550/C. Matrícula Profesional Nº: 4260.

e. 07/05/2008 Nº 113.490 v. 07/05/2008 GLADIADORES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se comunica que por escritura número 101 del 16/04/2008 pasada ante el Registro Notarial 2014, a cargo de la Escribana Macarena Solar Bascuñan: El señor Ramiro Ariel CEREZO argentino, soltero, músico, autor y compositor, nacido el 23/11/1978, hijo de Hugo Rubén Cerezo y de Delia Mabel Gutiérrez, D.N.I.

27.050.360, C.U.I.T 20-27050360-9, domiciliado en Julián Álvarez 1792, de Cap. Fed., CEDE y TRANSFIERE la totalidad de su participación social a Hugo Rubén CEREZO, argentino, comerciante, casado en primeras nupcias con Delia Mabel Gutiérrez, nacido el 20/111946, L.E.

7.593.145, C.U.I.T. 20-07593145-0, domiciliado en Julián Álvarez 1792, Cap. Fed., es decir SEISCIENTAS CUOTAS de diez pesos de valor nominal cada una, todas de GLADIADORES S.R.L.

Queda Modificada la cláusula cuarta del contrato social, quedando redactada de la siguiente manera: 'ARTICULO CUARTO: ' El capital se fija en la suma deVEINTE MIL PESOS, divididos en DOS MIL CUOTAS, de DIEZ PESOS de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios.Las cuotas son suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: Agustín Germán CEREZO suscribe ochocientas cuarenta (840) cuotas por un valor nominal de OCHO MIL CUATROCIENTOS PESOS; Hugo Rubén CEREZO suscribe seiscientas (600) cuotas por un valor nominal de SEIS MIL PESOS y Eugenio Juan CEREZO suscribe quinientas sesenta (560) cuotas por un valor nominal de CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS.- Las cuotas se integran en un veinticinco por ciento en dinero efectivo. Los socios se obligan a integrar el saldo dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha de la inscripción de la sociedad.

La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración'. Autorizada por escritura pública 101 del 16/04/2008 pasada ante el registro 2014 a cargo de la Escribana Macarena SOLAR BASCUÑAN.

Escribana - M. Macarena Solar Bascuñan Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:

5/5/2008. Número: 080505212793/B. Matrícula Profesional Nº: 4596.

e. 07/05/2008 Nº 78.978 v. 07/05/2008 GP Y ASOCIADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Rectificatorio de Publicación del 25/03/08, Recibo Nº 110138. Por Escritura Nº 425 del 29/04/08, se modificaron la denominación y el objeto, quedando los artículos primero y tercero redactados así: 1º) Denominación: 'PAGLIERE Y ASOCIADOS S.R.L.'. 3º) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros; representaciones, mandatos, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general.- Maximiliano Stegmann, Abogado, Tº 68 Fº 594, Autorizado en Instrumento Constitutivo, Escritura Nº 235 del 12/3/08; Escribano Rolando C. Caravelli, Registro 2116 de Capital Federal.

Abogado - Maximiliano Stegmann Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 2/5/2008.

Tomo: 68. Folio: 594.

e. 07/05/2008 Nº 113.462 v. 07/05/2008 LA FEDERACION AGRICOLA GANADERA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (rectificatorio) Por instrumento privado del 1004-08 se rectificó publicación Nº 102.173 del 0711-07 modificando artículos primero y tercero del contrato social: 'PRIMERA: La sociedad se denominará 'EGOLATINA S.R.L.' y tiene su domicilio en la con fecha 22/2/2008, Factura Nº 0058-00027764 del 19/2/2008, en virtud de las observaciones efectuadas por la Inspección General de Justicia con relación a las Clausulas SEPTIMA, DOMICILIO y DESIGNACION DE GERENTES; quedan redactadas de la siguiente manera: 'SÉPTIMA:

La administración y representación legal de la sociedad, será ejercida por quien o quienes revistan el cargo de GERENTE. En tal carácter, tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los artículos 1881 del Código Civil y 9º del DecretoLey 5965/63. Los gerentes cumplirán con la garantía por el ejercicio de sus funciones en las formas legales dispuestas a la fecha, mediante la contratación de un seguro de caución por cada gerente y por la suma de pesos diez mil, cada uno de ellos'. Los socios acuerdan: a) Establecer la SEDE SOCIAL...

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