MINERA ORGANULLO S.A.U.

Fecha de publicación18 Enero 2022
SecciónSociedades,REFORMA SA
EmisorMINERA ORGANULLO S.A.U.


C.U.I.T.: 30-71621714-7. Por resolución de asamblea del 25/06/2020 se aumentó el capital social en la suma de $ 490.917.369, es decir, de la suma de $ 61.969.701 a la de $ 552.887.070, mediante la emisión de 490.917.369 acciones de mismas características a las existentes a favor del único accionista, Yamana Santa Cruz Holdings B.V., modificándose el artículo 4° del estatuto social en tal sentido. Por resolución de la misma asamblea también se reformaron los artículos octavo y décimo cuarto del estatuto social a fin de que las reuniones de directorio y asamblea puedan celebrarse a distancia. Asimismo, en la asamblea del 25/06/2020 también se reformó el artículo tercero del estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros al desarrollo de las siguientes actividades: a la prospección, exploración y explotación minera, al procesamiento de minerales, la comercialización de productos mineros, la prestación de servicios complementarios del rubro y el financiamiento de dichas actividades. Para la realización de tales fines la Sociedad podrá desarrollar las siguientes actividades: a) Prospección y exploración: Realizar actividades de prospección y exploración de sustancias metalíferas y demás sustancias de cualquier categoría reguladas por el Código de Minería, a través de cualquier método o técnica, y realizar todo tipo de estudios. b) Extractivas: Llevar a cabo cualquier actividad relacionada con la obtención y extracción de todo tipo de metales y demás sustancias de cualquier categoría reguladas por el Código de Minería, sus componentes y sustancias afines, productos subproductos y derivados, incluyendo el desarrollo, construcción, operación, cierre y post cierre de proyectos mineros, y sus instalaciones principales y/o accesorias, tales como plantas de tratamiento, campamentos, caminos, diques, ductos y otros mecanismos de transporte, tendidos de líneas de comunicaciones, electricidad y demás facilidades. c) Propiedad minera: Solicitar permisos de cateo, manifestaciones de descubrimiento, ampliaciones, mejoras, demasías, grupos mineros, servidumbres, y en general ejercer todo otro derecho regulado por el Código de Minería, a tal fin posee capacidad legal para realizar cuantas presentaciones y/o actos sean necesarios en el trámite de tales derechos y/o propiedades para mantener su vigencia, realizar pagos de regalías y canon minero...

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