Mileto

Juez Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registros, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 185 y 186 en los autos Nº 53.465 caratulados:MILETO S.A p/QUIEBRA D se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice a fs. 185:Mendoza 10 de abril de 2012. Mendoza. Atento a lo informado por Sindicatura respecto de la incompatibilidad del crédito de la DGR, fijase el día 19 de abril de 2.012 a las nueve horas a fin de que se proceda a la designación por sorteo de síndico suplente para el acreedor referido. En relación a lo manifestado en otro si digo, deberá dar cumplimiento a lo oportunamente ordenado a fs. 126 de autos haciéndose parte a tenor de lo previsto por el art. 132 en función del 21 LCQ, en los autos Nº 8468 originarios de la Séptima Cámara Laboral en los que tal como surge del acta de fs. 120/121 se han dispuesto medidas de embargos y secuestros por crédito de causa o título anterior a la declaración de quiebra, sobre bienes pertenecientes al activo de la quiebra, requiriendo la restitución de los bienes secuestrados. Cúmplase en el plazo de cinco días. Notifíquese por cédula en papel simple. Procédase por Secretaría a reprogramar los plazos fijados a fs. 91, según el siguiente cronograma: a) Fijar el día treinta de mayo de 2012 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico (art. 14 inc. 3 LCQ). b) Fijar el día trece de junio de 2012 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y...

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