Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Septiembre de 2005, expediente L 89699

PresidentePettigiani-Kogan-Genoud-Hitters-Soria
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 7 de septiembre de 2005, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP., K., G., Hitters, S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 89.699, "M., A.M. contra DTMÁS.A. Indemnización por antigüedad y otros".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 3 de Tres Arroyos hizo lugar parcialmente a la demanda promovida, imponiendo las costas del modo que especifica (fs. 739/751).

La parte actora interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 758/761).

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  1. En lo que interesa, el tribunal de grado rechazó la demanda interpuesta por A.M.M. contra DTMÁS.A. en cuanto perseguía el cobro de la indemnización prevista en el art. 15 de la ley 24.013 y redujo el monto de la indemnización establecida en el art. 8 del mismo cuerpo legal, condenando a la demandada a abonar en tal concepto el mínimo legal (v. sent. fs. 745/751).

    Lo hizo por entender que se configuró en el caso el supuesto contemplado en el art. 16 de la ley 24.013, ya que, en su opinión, la existencia de notas comunes entre la actividad del viajante de comercio y la del agente autónomo mercantil pudo haber generado en la demandada una razonable duda acerca de la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo (v. sent., fs. 747 y vta.).

  2. Contra dicha resolución se alza la parte actora mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denuncia violación de los arts. 63 de la Ley de Contrato de Trabajo; 8, 15 y 16 de la ley 24.013; 44 inc. "d" de la ley 11.653 y 384 y 34 inc. 4º del Código Procesal Civil y Comercial, invocando asimismo absurdo y arbitrariedad en la valoración de la prueba (v. recurso, fs. 758/761 vta.).

    Afirma el recurrente, en lo sustancial, que el pronunciamiento de origen es absurdo y arbitrario, porque, en abierta contradicción con los hechos que se tuvieron por probados en el veredicto, el tribunal de grado decidió no aplicar la sanción prevista en el art. 15 de la ley 24.013 y llevó a su mínima expresión la...

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