METROVIAS S.A.

Fecha de publicación03 Septiembre 2020
SecciónConvocatorias
EmisorMETROVIAS S.A.


CUIT 30-66350121-2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la ley 19.550 el Directorio de la Sociedad, convoca a los Señores Accionistas a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria a celebrarse el día 5 de octubre de 2020 a las 11.00 hs. en primera convocatoria, en la sede social de la calle Bartolomé Mitre 3342 de la Ciudad de Buenos Aires, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas para que conjuntamente con el Sr. Presidente suscriban el Acta de Asamblea. 2) Ratificación de las reuniones de Directorio mantenidas por sistema de videoconferencia desde el 20 de marzo de 2020 a la fecha de la presente Asamblea. 3) Consideración de las renuncias presentadas por el Director Titular Walter Graziano y director suplente Ricardo Koss. 4) Consideración de la gestión de los directores renunciantes. 5) Designación de un director titular y dos suplentes por la clase B. Nota: A) Se hace saber a los accionistas que para asistir a la asamblea los titulares de acciones Clase B deberán depositar certificado o constancia de sus cuentas de acciones escriturales librada al efecto por la Caja de Valores S.A. para su registro en la sede de la sociedad sita en la calle Bartolomé Mitre 3342, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 14 a 18 hs. y que en tanto se mantenga la restricción a libre circulación dispuesta por el Decreto 297/20 y sus sucesivas prórrogas, deberán remitirlas vía mail a la siguiente dirección gbalbo@broggio.com.ar; en ambos casos, hasta el día veintinueve de septiembre de dos mil veinte. Los titulares de acciones Clases A1, A2 y A3, cuyo registro es llevado por la sociedad deberán cursar comunicación para que se los inscriba en el Registro de Asistencia dentro del mismo término. Para la consideración del punto 2) del Orden del Día, la Asamblea deberá sesionar con quórum y resolver con mayorías de Asamblea Extraordinaria. B) En el supuesto de mantenerse la restricción a la libre circulación de las personas en general, con carácter preventivo y/o obligatorio y/o sectorizado como consecuencia del estado de emergencia sanitaria en virtud de los Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 297 (B.O. 20-3-2020), sus sucesivas prórrogas y normas que en lo sucesivo dicte el Poder Ejecutivo Nacional, la Asamblea se celebrará a distancia mediante la utilización del sistema de videoconferencia, de conformidad con lo previsto por la RG CNV No. 830, entre otros, con las siguientes condiciones: (i) garantizar la libre...

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