Sentencias interlocutorias de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E.. n° 5898/08 "Metrovías S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Montes, A.O. c/ GCBA y otros s/ daños y perjuicios (excepto resp. médica)

Buenos Aires, 11 de marzo de 2009

Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:

La empresa Metrovías S.A. interpuso a fs. 131/149 vuelta recurso extraordinario federal contra la resolución de fecha 20 de noviembre de 2008 por la que el Tribunal rechazó el recurso de queja.

Se dio traslado del recurso a la parte actora y al Gobierno de la Ciudad, en su calidad de codemandado, sin que ellos le dieran respuesta.

Fundamentos:

Los jueces J.B.J.M., A.M.C. y J. O. C. dijeron:

  1. Pese haber cumplido la recurrente con los requisitos formales exigidos, el recurso extraordinario federal interpuesto no es admisible.

  2. La sentencia del Tribunal que ahora impugna Metrovías S.A.

    desestimó la queja porque la decisión de la Cámara, contra la cual ella misma dedujo el recurso de inconstitucionalidad, no satisfacía el requisito de ser una sentencia definitiva, exigido por la ley n° 402 para su admisibilidad. Conviene recordar que Metrovías S.A. intentaba someter a decisión de este Estrado el rechazo de la excepción de incompetencia decidido en primera instancia y confirmado por la alzada.

    Tal como ha sido planteada la cuestión, ella resulta sustancialmente análoga a la decidida por este Tribunal con fecha 11 de octubre de 2006, en los autos "Metrovías S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'B., M.B. c/ GCBA y otro s/ daños y perjuicios

    (excepto responsabilidad médica)'", expediente n° 4412/05.

  3. Al igual que en el precedente citado, la recurrente tampoco reclama aquí la jurisdicción federal. Requiere, como se dijo en el fallo cuestionado, la intervención en el caso de la justicia ordinaria (nacional en lo civil).

    El recurso no expresa agravios dirigidos a cuestionar las razones por las que el Tribunal consideró que no son equiparables una y otra situación

    (federal y nacional) para aplicar la doctrina de la Corte Suprema referida a la "denegatoria del fuero federal" (ver puntos 2 y 3 del voto de la jueza A.M.C.; votos de los jueces J.O. C. y L. F.L.; y punto 2 de mi voto).

    Así las cosas, los agravios vinculados con el derecho a la jurisdicción federal carecen de relación directa con las cuestiones planteadas por Metrovías S.A. (la competencia de la justicia nacional en lo civil) y resueltas por el Tribunal en la sentencia cuestionada (la no equiparación de la denegatoria...

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