Metalurgica del Transportista

METALURGICA DEL TRANSPORTISTA S.R.L. - En la Ciudad de Maipú, Mendoza República Argentina a los cinco días del mes de abril de 2013, se reúnen los señores socios Jorge Carlos Sosa, argentino comerciante, casado con D.N.I.Nº 6847243 domiciliado en calle Maza Nº 2793 de General Gutiérrez del departamento de Maipú Mendoza y el Sr. Ernesto Eduardo Casati, argentino, casado de profesión electromecánico, con D.N.I. Nº 11.105.243, domiciliado en calle Perú Nº 2245 1º Piso de la Ciudad de Mendoza, con el objeto de modificar el contrato social de Metalúrgica del Transportista S.R.L., de acuerdo a lo resuelto en Asamblea Extraordinaria Unánime de fecha 03 de abril del corriente año, corriente a fs. 15 del libro de Actas número uno y cuyo contrato se registró bajo el Nº 2721 fs. 1 del Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Mendoza, en sus artículos Primero y Quinto y por ende se realiza este, nuevo contrato depurado que a continuación de describe. Primera: Denominación y domicilio: la sociedad girará en plaza bajo la denominación de Metalúrgica del Transportista Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo su domicilio social el sito en calle Maza Nº 3551 de General Gutiérrez, Maipú Mendoza. Segunda: Duración: El plazo de duración en veinticinco años, contados a partir de la fecha de la inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio y mandatos de la Provincia de Mendoza. Al vencimiento del plazo establecido el mismo se considerará prorrogado automáticamente por otro plazo igual, si la mayoría de los socios no manifiesta la voluntad en contrario con seis meses de anticipación al vencimiento del mismo. Tercero. Capital y Cuotas sociales: El Capital social se fija en la suma de austrles cuarenta mil (A 40000) dividido en cuatrocientas cuotas sociales de valor nominal australes cien (A 100) cada una, que los socios suscriben íntegramente en este acto por partes iguales y que integran en dinero efectivo en un veinticinco por ciento (25%) del capital suscripto cada uno y de la siguiente manera Jorge Carlos Sosa, por la cantidad de cincuenta (50) por la suma de australes cinco mil (5.000) y el Sr. Ernesto Eduardo Casati la cantidad de cincuenta (50) cuotas sociales por un valor de australes cinco mil (5000), comprometiéndose las partes a integrar la totalidad en el plazo de dos (2) años) contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad. Cuarta: Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia , ajena o...

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