Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 18 de Diciembre de 2018, expediente CIV 015015/2015/CA002
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Camara Civil - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 15015/2015 MERINO, D.M. c/S., J.D. s/IMPUGNACION DE PATERNIDAD Buenos Aires, 18 de diciembre de 2018.- FP AUTOS Y VISTOS:
Este tribunal de alzada está facultado para pronunciarse sobre la admisibilidad de un recurso hasta el momento de conocer en el acuerdo respectivo sin que lo obligue en sentido contrario la decisión del juez de grado, la conformidad de las partes o las providencias de trámite que haya dictado.
En la sentencia apelada de fs. 181/186 se hizo lugar a la acción de impugnación de reconocimiento paterno extramatrimonial y filiación incoada por D.M.M., se impusieron las costas por su orden, y se regularon los honorarios de la letrada de la parte actora y tutor ad litem interviniente en las sumas de $18.900 y $14.200, respectivamente. Por su parte, a fs. 195 se regularon los honorarios de los letrados patrocinantes del demandado en la suma de $ 5.200 en conjunto.
La parte actora a fs. 187 interpuso recurso de apelación cuestionando únicamente la imposición de costas de tal decisión (vr.
fs. 187 y 214/216).
Ahora bien, en la especie el monto de los honorarios fijados no alcanza el mínimo exigido por el art. 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación – sea que se tome el monto cuestionado a la fecha de interposición de la demanda ($ 50.000, Ac.
16/2004) o el de la interposición del recurso ( $ 90.000, Ac. 45/2016)
- en la inteligencia expuesta por esta sala en “Acosta, E.G. c.C.. de propietarios V.G. s. daños y perjuicios”, expte. n° 25.240/2009 del 16 de febrero de 2010, y en los Fecha de firma: 18/12/2018 Alta en sistema: 19/12/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E.C. -J.P.R., JUECES DE CÁMARA #26770460#222800139#20181217110302326 autos “A.M.S.C.S.A. c.S.R.J. y otros s. daños y perjuicios”, expte. n°101977/2011 del 22 de diciembre de 2015.
Ello no cambia por el hecho de que aún reste notificar a la parte actora en su domicilio real los honorarios regulados a...
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