A menos días, menor calidad educativa

Los días de clase del calendario escolar han sido fijados por la ley 25.864, sancionada a fines de 2003 y que entró en vigencia a partir de 2004. En su artículo 1, esa norma fijó un ciclo lectivo anual de 180 días efectivos de clases para todo el país; en 2010, los días fijados se ampliaron a 190. En el artículo 2 de la ley citada se estableció que "ante el eventual incumplimiento" del nombrado ciclo, las autoridades educativas tendrían que adoptar "las medidas necesarias a fin de , hasta completar el mínimo establecido". Resulta bien claro entonces que en el presente año se debe compensar lo que no se cumplió desde un comienzo, ya que las escuelas bonaerenses iniciaron sus actividades 17 días después de lo previsto. Este hecho ha tenido mayor relieve por el elevado número de escuelas y de población escolar existentes en esa jurisdicción, si bien en otras nueve provincias hubo y alternativas de solución con matices diferenciales frente al problema común: la cuestión salarial docente.La deuda de las clases perdidas exigía establecer cómo habrían de compensarse. Se partió de la fijación de un límite: no se adicionarían más días de clases, decisión que hizo inviable cumplimentar la norma arriba citada. En cambio, se dispuso, a manera de compensación, que se han de dedicar a la enseñanza cuatro días previstos de jornadas institucionales y del mismo modo ha de ocurrir con las horas asignadas para los actos escolares, que se supone que estaban plenamente justificadas. En palabras del refranero popular esto equivale a "desvestir un santo para vestir otro".Los días perdidos de clase sólo se compensan con otros días de clase, y lo que ahora se intenta son...

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