Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 2 de Septiembre de 2016, expediente FSM 040497/2016/CA001

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 40497/2016/CA1, “MENENDEZ, G.A. Y OTRO Y OTRO c/

PODER EJECUTIVO NACIONAL (MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACION) -

ENARGAS - GAS NATURAL BAN SA - ENRE -

ERAS Y AGUAS BONAERENSES SA s/ AMPARO LEY 16.986” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - SENTENCIA M.,2 de septiembre de 2016.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora, contra la sentencia de Fs.

    66/70, en la que se rechazó “in limine” la acción de amparo.

  2. Para así decidir, consideró que los accionantes –Intendente y Director de la Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Merlo-

    carecían de legitimación. Para ello, se valió en lo sustancial, de lo resuelto en autos “S., H. y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minería y Subsecretaria de recursos Hídricos del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas de la Nación) – Edenor S.A. – Gas Natural y Agua y Saneamientos Argentinos S.A. s/ Amparo Ley 16.986”, expediente Nº 32679/16, en trámite ante la Secretaría Nº 3 del Juzgado a su cargo. Añadió, por otra parte, que la sola invocación de su condición de usuarios y consumidores de servicios públicos, sin acreditar o demostrar el perjuicio concreto, desdibuja la existencia de un interés especial, directo, Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.A.C., SECRETARIO DE CAMARA #28653038#158732644#20160902120719333 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 40497/2016/CA1, “MENENDEZ, G.A. Y OTRO Y OTRO c/

    PODER EJECUTIVO NACIONAL (MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACION) -

    ENARGAS - GAS NATURAL BAN SA - ENRE -

    ERAS Y AGUAS BONAERENSES SA s/ AMPARO LEY 16.986” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, Secretaria Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - SENTENCIA inmediato, concreto y sustancial que permita tener por configurado el caso contencioso.

  3. Se agravian los recurrentes, pues ambos son usuarios de los servicios públicos cuestionados y ciudadanos del pueblo de M.. Refieren que, en virtud de los cargos que ostentan, representan en forma directa y amplia a cada uno de los ciudadanos del referido partido. Afirman, que en materia de amparo la legitimación activa es amplia cuando se encuentra en juego el interés general de los ciudadanos y el bienestar social. Entienden que los organismos públicos y poderes del Estado nacional, provincial y municipal deben facilitar y llevar adelante el reclamo colectivo de toda la comunidad que representan. Por otra parte, indican que las Oficinas Municipales de Información al Consumidor se encuentran legitimadas para incoar acciones como la presente, en virtud de los Arts. 52, párrafo 2º de la ley nacional Nº 24.240 y 79 de la ley provincial Nº 13.133. C. jurisprudencia y hacen reserva del caso federal.

  4. A Fs. 94 obra el dictamen del Sr...

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