Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 9 de Diciembre de 2019, expediente CIV 070826/2019
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Secretaria General 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 70826/2019 MENDIETA, L.E.c.S.V., IRIS GISELLE s/DIVORCIO Buenos Aires, de diciembre de 2019.CS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:
Vienen estas actuaciones a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo del conflicto de competencia planteado entre los Juzgados Civiles n° 106 y 76.
El actor promueve demanda de divorcio vincular contra I.G.S.V., en los términos de lo dispuesto por los arts. 437 y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación.
La Sra. Juez a cargo del Juzgado Civil n° 106, que resulto sorteado, se inhibió de entender por razones de conexidad con el expediente caratulado “S.V., I.G. c/ M., L.E. s/ alimentos” (n°
10.519/2019), radicado ante el Juzgado Civil n° 76.
Tal temperamento no fue aceptado por el Sr.
Magistrado del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs. 17.
Planteada en estos términos la contienda, es sabido que en cuestiones de familia resulta conveniente que intervenga un solo juez con el fin de mantener la unidad de criterio que la materia requiere.
En este sentido, el art. 6 inciso 3° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación dispone que será
tribunal competente “en la exclusión del cónyuge, tenencia de hijos, régimen de visitas, alimentos y litisexpensas, el del juicio de divorcio, de separación personal, o de nulidad de matrimonio, mientras durase la tramitación de estos últimos”.
Seguidamente, la norma agrega que “Si aquellos se hubiesen iniciado con anterioridad, pasarán a tramitar ante el Juzgado Fecha de firma: 09/12/2019 Alta en sistema: 10/12/2019 Firmado por: B.V.O.A.M.P.P. #34120465#251753603#20191206091204104 donde quedare radicado el juicio de divorcio, de separación personal, o de nulidad de matrimonio”.
De este modo, el principio de prevención establecido en el art. 8 del anexo 1 del Reglamento para la Justicia...
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